III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-70)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio entre el Institut d'Investigació Biomèdica de Bellvitge (IDIBELL) y entidades participantes en el proyecto "Integración de las características moleculares, genómicas, morfológicas y ambientales para mejorar el diagnóstico y tratamiento de precisión en Enfermedades Pulmonares Intersticiales Difusas fibrosantes (Precision-EPID)", ejecutado con cargo a los fondos Next Generation EU, que financian las actuaciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
44 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 1 de enero de 2024
Vigesimotercera.

Sec. III. Pág. 275

Ausencia de garantías.

No será exigible la virtualidad o idoneidad de los resultados que eventualmente se
obtengan y se generen como consecuencia de la colaboración definida en el Proyecto,
en el sentido de que las Partes no asumirán responsabilidad por las omisiones, errores o
defectos derivados de esos resultados. Las Partes no garantizan ni la exactitud, ni la
calidad, ni la integridad de esos resultados. Los resultados de este Proyecto no son y no
se podrán utilizar para dispositivo médico.
Vigesimocuarta. Ley aplicable y Jurisdicción.
24.1 Este convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
24.2 Las Partes se comprometen a resolver de manera amistosa, a través del
mecanismo de seguimiento, cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo de
este convenio. En caso de no resolverse por las Partes, dicha controversia podrá ser
resuelta por los Tribunales competentes del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Vigesimoquinta.

Firma electrónica.

La firma electrónica de este convenio tendrá el mismo efecto legal, validez y
exigibilidad que una firma manuscrita. Se admitirá solo la firma electrónica reconocida o
cualificada de acuerdo al Reglamento (UE) N.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de
confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior (Reglamento eIDAS),
y de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos
de los servicios electrónicos de confianza.
Vigesimosexta.

Publicidad del convenio.

Y, en prueba de conformidad, las Partes firman este convenio, el 18 de diciembre
de 2023.–El Director de la Fundación Instituto de Investigación Biomédica de Bellvitge
(IDIBELL) (Fundación IDIBELL), Gabriel Capellá Munar.–La Gerente de la Fundación
Hospital General Universitario de Valencia (FIHGUV), Carmen Escobedo Lucea.–La
Coordinadora General de Administración, Servicios Centrales-Investigación, en calidad
de Apoderada de la Fundación Canaria Instituto de Investigación Sanitaria de Canarias
(FIISC), María Gómez Peñate.–El Director Gerente del Instituto de Investigación
Sanitaria Illes Balears (IdISBa), Sergio Camacho Clavijo.–El Gerente de la Fundación
IMDEA Alimentación (IMDEA Alimentación), Alejandro Arranz Calvo.–El Vicepresidente
de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Carlos Closa Montero.–La Directora de la
Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz (FIBHULP),
Ana Coloma Zapatero.–El Director de la Fundación para la Investigación e Innovación
Biosanitaria del Principado de Asturias (FINBA), Faustino Blanco González.–La
Consejera Delegada del Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, SA (ITER),
María Begoña Ortiz Leston.–El Director Ejecutivo de la Fundación Instituto de
Investigación Sanitaria Aragón (IIS Aragón), Óscar López Lorente.–El Director del
Barcelona Supercomputing Center (BSC), Mateo Valero Cortés.

cve: BOE-A-2024-70
Verificable en https://www.boe.es

Las Partes manifiestan su conformidad a que el contenido íntegro de este convenio
sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.