III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-55)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Coles y el Ayuntamiento de Ourense, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de "Mejora del saneamiento y bombeo de aguas residuales en Sequeiros, en Coles (Ourense)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 156

Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración
Local de Galicia.
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 21 de febrero de 2022 (BOE núm. 52, de 2 de marzo de 2022), se
otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A, el Ayuntamiento de
Coles y el Ayuntamiento de Ourense para la financiación, ejecución y entrega de las obras de
«Mejora del saneamiento y bombeo de aguas residuales en Sequeiros, en el T.M. de Coles
(Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0SET29TR2431», por un importe 1.335.000
euros a ejecutar durante las anualidades 2022 y 2023.
II. Que en fecha 29 de diciembre de 2022, (BOE núm.7 de 9 de enero de 2023), se
otorgó una adenda por la que se modificaba el período de ejecución de la actuación así
como el importe de las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del
convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del
correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
IV. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de
posibles modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una
nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las
mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no
será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del
texto convencional.
V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a
la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las
aportaciones económicas, para la buena marcha y ejecución del convenio.
VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente Adenda es reajustar el importe de las anualidades y
modificar las competencias de la Comisión de Seguimiento del Convenio entre la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A, el Ayuntamiento de Coles y el
Ayuntamiento de Ourense para la financiación, ejecución y entrega de las obras de
«Mejora del saneamiento y bombeo de aguas residuales en Sequeiros, en el T.M. de
Coles» (Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0SET29TR2431».

cve: BOE-A-2024-55
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Núm. 1