III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-68)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas o la realización del trabajo de fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 1 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 240

ANEXO I DEL ESTUDIANTE
Prácticas académicas externas curriculares/extracurriculares/titulación propia.
Trabajo fin de grado/máster
El presente anexo se incorpora al Convenio de Prácticas suscrito entre la Universidad y el Instituto de Salud
Carlos III a la fecha del mismo.
Estudiante:
Titulación:
Nota media del expediente
Créditos ECTS aprobados:

Horas totales:

Correo electrónico:

NIF o NIE:

Fecha de Incorporación:

Fecha de finalización:

Jornada de prácticas:
(horas al día)
Empresa o institución donde
se realizarán las prácticas:
Tutor de la entidad
colaboradora:

Días de la semana:

Tutor académico:
Proyecto formativo
Objetivos educativos:

Actividades a desarrollar:

Propiedad intelectual
Si como consecuencia del desarrollo de las prácticas, hubiera lugar a reservas de propiedad intelectual
o industrial, la titularidad de los derechos derivados de éstas será conjunta, pudiendo acordarse, para
cada caso en concreto, una titularidad distinta en función de la naturaleza de la práctica o trabajos
enunciados y del modo en que ésta se dirija, salvaguardando, en todo caso, el reconocimiento de
autoría.
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes
derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la
universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa, institución o entidad donde se
realice la misma.
A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.

c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas,
con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora,
en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa
comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.

cve: BOE-A-2024-68
Verificable en https://www.boe.es

b)