III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-68)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas o la realización del trabajo de fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 1 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 233

EXPONEN
I. Fines de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Que la Universidad de Castilla-La Mancha (en adelante Universidad) tiene entre sus
fines el acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro
entorno, mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que
permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
II.

Fines del ISCIII.

Que, por su parte, el ISCIII es un Organismo Público de Investigación que asume la
planificación, fomento y coordinación de la investigación y la innovación biomédica y
sanitaria, así como la prestación de servicios científico-técnicos de referencia en el
ámbito de la salud pública, y tiene entre sus funciones el desarrollo de actividades de
investigación que conllevan la formación de personal investigador.
III. Normativa aplicable.

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de
la Universidad realizarán un programa de prácticas externas o la realización del trabajo
de fin de grado/máster (en adelante TFG/TFM), en el ISCIII, de cualquier enseñanza
impartida por la Universidad relacionada con la biomedicina y ciencias de la salud, tanto

cve: BOE-A-2024-68
Verificable en https://www.boe.es

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, establece la organización de las
enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario, establecen la posibilidad de introducir prácticas externas en los planes de
estudio.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, regula las citadas prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
La Disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto legislativo 8/2015,
de 20 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley general de la
Seguridad Social, relativa a la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación, añadida por el artículo único treinta y cuatro del Real Decretoley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los
pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo
marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del ISCIII.
La Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que en su
capítulo VI, del título preliminar, regula los convenios adoptados por las Administraciones
Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o
dependientes o las Universidad Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para
un fin común.
El Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad, que garantizará
los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de
oportunidades.
La normativa de Titulaciones Propias de la Universidad, que establece como uno de
los objetivos de la misma, las relaciones de colaboración con instituciones y empresas.
Las directrices de la Universidad sobre el trabajo de fin de grado o cualquier otra
normativa que resulte de aplicación.