II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2023-26766)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de diciembre de 2023

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En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que
se posee, en virtud de los señalado en la base 4. Se ha de indicar, además, añadiendo
otro título, la titulación exacta que posee.
En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre podrán
consignar la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de funcionarios
interinos de la base 12. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por una provincia,
se tomará la que corresponda al domicilio de residencia que figure en la solicitud.
En el recuadro 27, «Datos B», se consignará el derecho a conservar la puntuación de
ejercicios superados en la anterior convocatoria, indicando: «Conservar ejercicio». Este
derecho quedará condicionado en todo caso a que el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos
En el recuadro 27, los aspirantes deberán consignar la modalidad escogida para la
prueba de conocimientos del idioma inglés: «PRESENCIAL» o «TITULACIÓN». Los
aspirantes que se acojan a esta última modalidad deberán adjuntar a su solicitud la
titulación, de las recogidas en el anexo V, que acredita el nivel de conocimiento de inglés
de nivel B2 o superior. En caso de no cumplimentar este apartado o no adjuntar la
titulación deberán realizar la prueba presencial
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 € para el sistema
general de acceso libre y de 15,55 € para el sistema de promoción interna. El importe
reducido para familias numerosas de categoría general será de 15,55 € para acceso libre
y 7,79 € para promoción interna.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa
conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carecieran de rentas superiores,
en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2022.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, correspondiente al año fiscal de 2022 y, en su caso, del certificado del
nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003,
de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una
exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a
una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y salvo que conste

cve: BOE-A-2023-26766
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Núm. 313