II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales. (BOE-A-2023-26765)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 177232

Modalidad presencial: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de
preguntas con respuestas alternativas, compuesto de dos partes:
Parte A: constará de veinte preguntas destinadas a comprobar el conocimiento y
comprensión lectora del inglés. Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de treinta
minutos para realizar esta primera parte de la prueba.
Parte B: constará de veinte preguntas sobre una grabación en inglés que se
reproducirá a los aspirantes con el fin de comprobar su compresión oral del inglés. Los
aspirantes tendrán un tiempo máximo de treinta minutos para realizar esta segunda parte
de la prueba.
Las preguntas de ambos cuestionarios tendrán cuatro posibles respuestas, siendo
solo una de ellas la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las preguntas
que se dejen sin responder o se respondan de forma errónea no puntuarán y no tendrán
ninguna penalización.
En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará
pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
Esta modalidad se calificará sobre 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para
superar esta prueba es de 5 puntos.
Modalidad de acreditación mediante titulación: alternativamente a la prueba presencial,
los aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de idioma inglés
presentando alguno de los títulos que se relacionan en el anexo V, siempre y cuando se
haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de
solicitudes, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se
estará a lo dispuesto en las normas que rijan el título en cuestión.
La acreditación mediante titulación se realizará en la forma establecida en el
anexo IV. El tribunal podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación
presentada en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se presentará dicha
documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en
posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, perderá la puntuación
obtenida en esta prueba.
Esta modalidad se calificará sobre 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para
superar esta prueba es de 5 puntos. La titulación aportada se calificará conforme al
siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel de la titulación se corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel de la titulación se corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel de la titulación se corresponda con un C2.
Los aspirantes que superen el tercer ejercicio habrán superado la fase de oposición y
su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
cada uno de los ejercicios y, en su caso, en el ejercicio voluntario de idioma inglés.
A los aspirantes que no hayan superado la fase de oposición, pero sí superasen el
primer ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista
para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria
inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que
han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por
cada aspirante, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de
candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

cve: BOE-A-2023-26765
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Núm. 313