III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2023-26788)
Orden INT/1421/2023, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio del Interior para el periodo 2024-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 177472

Línea de Subvención: A "AYUDA A NIÑOS Y ADOLESCENTES EN RIESGO" (FUNDACIÓN
ANAR) (16.02.132A.483)
A. Política de gasto
132A. Seguridad Ciudadana. Incluido en el I Plan Estratégico en materia de Personas
Desaparecidas (2022-2024)
B. Órgano o entidad concedente
Secretaría de Estado de Seguridad (Servicio 02)
C. Sector social o económico al que se dirigen las ayudas
Instituciones sin ánimo de lucro
D. Objetivos de la línea
Los objetivos de esta línea de subvención serían:
A)
OBJETIVO GENERAL del Teléfono 116000: Ayudar a los niños/as y
adolescentes y a sus familiares proporcionándoles orientación, apoyo y acompañamiento
en los casos de desaparición de un/a menor de edad. Por medio de este servicio el equipo
de psicólogos/as apoyados por trabajadores/as sociales y abogados/as de la Fundación
ANAR atienden todas aquellas llamadas que tengan como denominador común la
desaparición de un/una menor de edad (fugas, secuestros, pérdidas, sustracciones…).
Su fin último es prevenir y recuperar a los niños/as y adolescentes desaparecidos y
combatir este fenómeno.
Los instrumentos empleados son la línea telefónica, el Chat y el email.
Para ello, se establecen tres niveles de actuación coordinada, en los que, desde el
Teléfono, Chat e Email ANAR, se inicia comunicación de los casos a las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado:
1.
Aquellos casos en los que personal especializado del Teléfono, Chat y del Email
ANAR considere que el tratamiento que deba darse al caso que estén tratando, además
de la orientación psicológica, jurídica o social, precise de la intervención de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado, aunque no de forma urgente. En este supuesto,
desde el Teléfono, Chat o Email ANAR se informará al menor/adulto que debe apoyarse
en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para tratar su problema, y se le
facilitará la información de contacto con los mismos.
2.
Teniendo conocimiento el personal especializado, ya sea a través del Teléfono
ANAR Chat o Email ANAR, de la posibilidad de que algún menor se encuentre en
situación de riesgo, desamparo o conflicto social, se realizará una valoración específica
del caso para definir si es necesario buscar el apoyo inmediato de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado como complemento a la orientación psicológica, jurídica o social.
En este caso, el personal del Teléfono, Chat e Email ANAR informará al menor del
procedimiento que se va a seguir en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, para que facilite su identificación y localización, posibilitando así
el contacto con su consentimiento.
Una vez iniciado el contacto urgente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
desde el Teléfono, Chat o Email ANAR se mantendrán en contacto telefónico con el
propio menor hasta que los agentes acudan a buscarle. Al llegar, los agentes se
presentarán e identificarán mutuamente para mayor seguridad. Posteriormente, desde el
teléfono, Chat o Email ANAR se llevará un seguimiento de los casos.

cve: BOE-A-2023-26788
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Núm. 313