V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DEFENSA. (BOE-B-2023-39410)
Extracto del contenido de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, del Director General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, por la que se autoriza el denominado proyecto «Fábrica de bloques en Navantia, en Ferrol (A Coruña)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE DEFENSA

39410

Extracto del contenido de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, del
Director General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, por la que
se autoriza el denominado proyecto «Fábrica de bloques en Navantia,
en Ferrol (A Coruña)».

Para dar cumplimiento al artículo 48.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
Evaluación Ambiental, y de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en su calidad de órgano sustantivo, la Dirección General de
Infraestructura procede a la publicación en extracto de la autorización del proyecto
«Fábrica de bloques en Navantia, en Ferrol (A Coruña)».
Por Resolución de 29 de septiembre de 2023, la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, formuló Informe de Impacto Ambiental favorable correspondiente al
proyecto «Fábrica de bloques en Navantia, en Ferrol (A Coruña)», con condiciones
a la realización de la alternativa seleccionada.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el Director General de
Infraestructura, en cumplimiento de sus funciones como Órgano Sustantivo, en
fecha 5 de diciembre de 2023.
HA RESUELTO
Autorizar el proyecto denominado "Fábrica de bloques en Navantia, en Ferrol
(A Coruña)", presentado por la empresa Navantia, SA, en su calidad de promotor,
considerando que el proyecto cumple con todos los requisitos establecidos en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y teniendo en cuenta los
informes emitidos por las diferentes administraciones públicas, organismos y
personas afectadas dentro del procedimiento, así como todas las consideraciones
recogidas en el Informe de Impacto Ambiental formulado por el Órgano Ambiental.

De igual forma, la misma pone fin a la vía administrativa, pudiendo
interponerse recurso potestativo de reposición ante el Director General de
Infraestructura en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en
que tenga lugar la publicación del extracto de la presente resolución, o ser
impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses.

cve: BOE-B-2023-39410
Verificable en https://www.boe.es

Esta autorización se otorga supeditada al cumplimiento de todas y cada una de
las medidas, prescripciones, consideraciones y condiciones establecidas, tanto en
el documento ambiental de la empresa Navantia, como a lo largo del precitado
Informe de Impacto Ambiental, ya sea, según proceda, previo al inicio de las obras,
durante el desarrollo de la mismas o bien, en su fase de explotación; y se formula
sin perjuicio de la obligación del promotor de cumplir con la normativa aplicable, en
especial la relativa a la ordenación del territorio y el medio ambiente; y de contar
con las autorizaciones de los distintos órganos competentes en ejercicio de sus
respectivas atribuciones, por lo que no implica, presupone o sustituye a ninguna de
las autorizaciones o licencias que hubieran de otorgar aquellos.