III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-26691)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Lacerta, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Lacerta, de 56 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Sariñena y Lanaja (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de diciembre de 2023

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agosto de 2023. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las
siguientes:
– Reubicación de varios aerogeneradores.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso
de las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, podría resultar necesaria la tramitación de las mismas en
función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones
de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión
del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de Cumplimiento
de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de Rubí 220 kV, propiedad
de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
eólico con la red de transporte, en la subestación de Rubí 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte en
dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 30 de junio de 2021, Energía Inagotable de Lacerta, SL, firmó un acuerdo para la
evacuación conjunta y coordinada de los parques eólicos Lacerta (dentro de la presente
resolución), Osa Mayor, Norma, Marfik, Pla del Cirerer, y Mangraners, y las plantas
solares fotovoltaicas Pla dels Caçadors, Els Emprius, Planes de l’Ovella, Aubagues, Els
Mallols 1, Els Mallols 2, Els Rasos y Els Vedats (que quedan fuera del alcance del
presente expediente) en la citada subestación Rubí 220 kV. Asimismo, con fechas 18 de
junio de 2021 y 18 de mayo de 2021, Energía Inagotable de Lacerta, SL, firmó un
acuerdo con diferentes sociedades mercantiles promotoras, para el desarrollo,
construcción, uso compartido y posterior explotación y mantenimiento de instalaciones
de evacuación compartidas, con vertido de la energía de diferentes proyectos en los
nudos de Red Eléctrica Rubí 400 kV, Pierola 400 kV y Pierola 220 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Líneas de interconexión subterráneas a 30 kV que unen los aerogeneradores con
la subestación transformadora SET Lanaja R2 30/400 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación está fuera del alcance de esta resolución,
y está compuesta por:
– Subestación eléctrica «SET Lanaja R2 30/400 kV».
– Línea eléctrica aérea a 400 kV entre SET Lanaja R2 30/400 kV y apoyo 1LAN de
la LAAT SET Lanaja-SET L’Albi.
– Línea eléctrica aérea a 400 kV entre el apoyo 1LAN de la línea LAAT SET LanajaSET L’Albi y el apoyo 43 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca P4.

cve: BOE-A-2023-26691
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Núm. 311