II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2023-26658)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/Psicólogas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de diciembre de 2023
4.

Sec. II.B. Pág. 176525

Titulación

Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado o Grado
en Derecho, si optan a las plazas de Juristas, y el título de Licenciado o Grado en
Psicología, si optan a las plazas de Psicólogos/Psicólogas, o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
5.

Requisitos

Conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de diciembre,
sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real Decretoley 20/2011, de 30 de diciembre, se exigirá no haber sido condenado por delito doloso a
penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la
cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
6. Acceso de personas con discapacidad
6.1 El tribunal calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a las
personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado expresamente en la
solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de
condiciones que el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
6.2 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán
participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas
con discapacidad (CRD), debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación
en el proceso selectivo.
6.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que,
como consecuencia de una discapacidad igual o superior al 33 %, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el formulario
de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en
las pruebas del proceso selectivo.
Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el tribunal calificador pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente
la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad
reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento.
A tal fin, el tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para poder realizar la correspondiente
valoración será requisito imprescindible la aportación del dictamen técnico facultativo en
el plazo de presentación de solicitudes. Una vez efectuada la valoración, el tribunal
informará a los opositores sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.
6.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de ejercicios, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.11 del Real Decreto 625/2023,de 11 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023 a las personas

cve: BOE-A-2023-26658
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Núm. 311