III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Mercado de valores. (BOE-A-2023-26720)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Civislend, PFP, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Viernes 29 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 176998
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
26720
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones
muy graves impuestas a Civislend, PFP, SA.
Siendo firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Civislend, PFP, SA,
por la comisión de dos infracciones muy graves, tipificadas en el artículo 92.1.h) de la
Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, en su redacción
vigente al tiempo de los hechos, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el
artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los
Servicios de Inversión, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, de fecha 27 de septiembre de 2023 que, tras
la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
1. Imponer a Civislend, PFP, SA, por la comisión de una infracción muy grave,
tipificada en el artículo 92.1.h) de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la
financiación empresarial, en su redacción vigente al tiempo de los hechos, por el
incumplimiento –en relación con 7 de los 24 proyectos publicados por Civislend
entre 2018 y 2021– de los requisitos relativos a los proyectos vinculados recogidos en el
artículo 63 y la consiguiente vulneración de los principios de neutralidad y transparencia
del artículo 60, ambos artículos del mismo texto legal, multa por importe de 28.000 euros
(veintiocho mil euros).
2. Imponer a Civislend, PFP, SA, por la comisión de una infracción muy grave,
tipificada en el artículo 92.1.h) de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la
financiación empresarial, en su redacción vigente al tiempo de los hechos, por el
incumplimiento de las obligaciones relativas a los conflictos de interés, previstas en su
artículo 62 y la consiguiente vulneración de los principios de neutralidad y transparencia
del artículo 60, ambos artículos del mismo texto legal, multa por importe de 28.000 euros
(veintiocho mil euros).
La Resolución que impone las sanciones antes citadas únicamente es firme en vía
administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2023-26720
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de diciembre de 2023.–El Presidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 311
Viernes 29 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 176998
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
26720
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones
muy graves impuestas a Civislend, PFP, SA.
Siendo firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Civislend, PFP, SA,
por la comisión de dos infracciones muy graves, tipificadas en el artículo 92.1.h) de la
Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, en su redacción
vigente al tiempo de los hechos, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el
artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los
Servicios de Inversión, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, de fecha 27 de septiembre de 2023 que, tras
la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
1. Imponer a Civislend, PFP, SA, por la comisión de una infracción muy grave,
tipificada en el artículo 92.1.h) de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la
financiación empresarial, en su redacción vigente al tiempo de los hechos, por el
incumplimiento –en relación con 7 de los 24 proyectos publicados por Civislend
entre 2018 y 2021– de los requisitos relativos a los proyectos vinculados recogidos en el
artículo 63 y la consiguiente vulneración de los principios de neutralidad y transparencia
del artículo 60, ambos artículos del mismo texto legal, multa por importe de 28.000 euros
(veintiocho mil euros).
2. Imponer a Civislend, PFP, SA, por la comisión de una infracción muy grave,
tipificada en el artículo 92.1.h) de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la
financiación empresarial, en su redacción vigente al tiempo de los hechos, por el
incumplimiento de las obligaciones relativas a los conflictos de interés, previstas en su
artículo 62 y la consiguiente vulneración de los principios de neutralidad y transparencia
del artículo 60, ambos artículos del mismo texto legal, multa por importe de 28.000 euros
(veintiocho mil euros).
La Resolución que impone las sanciones antes citadas únicamente es firme en vía
administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2023-26720
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de diciembre de 2023.–El Presidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
https://www.boe.es
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