III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-26687)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Barcelona, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor, integrados en la Red CIRCE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

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Cuarta. Obligaciones de los entes locales adheridos y de la Administración General del
Estado.
Los entes locales adheridos se comprometen a encargarse, a través de sus PAE, de
facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo,
a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación,
asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.
Los PAE utilizarán el sistema de tramitación telemática del CIRCE, cuya sede
electrónica se ubica en el Ministerio de Industria y Turismo, y en ellos se deberá iniciar la
tramitación del DUE.
El Ministerio de Industria y Turismo, actuando por medio de la DGIPYME:
– Pondrá a disposición de los PAE el CIRCE, como herramienta esencial para la
tramitación telemática.
– Prestará, con medios propios, soporte técnico para la puesta en marcha de los
sistemas informáticos de los PAE que se comuniquen con el CIRCE.
– Prestará, con medios propios, servicios de asistencia técnica y soporte a la red en
lo que se refiere a la atención de consultas y resolución de los problemas que surjan en
el uso del CIRCE.
– Pondrá a disposición de los PAE, las herramientas de gestión empresarial
elaboradas por ella disponibles en el portal PYME, www.pae.es.
Quinta.

Servicios de los PAE.

A. El PAE proporcionará con carácter obligatorio los siguientes servicios a los
emprendedores:
1. Información general sobre los aspectos legales, fiscales, contables y de
Seguridad Social propios de la sociedad de responsabilidad limitada, del empresario
individual y del emprendedor de responsabilidad limitada, así como de cualesquiera otras
formas jurídicas que puedan incorporarse al Documento Único Electrónico.
2. Realización de la tramitación para la constitución e inicio de actividad de
empresas mediante el sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE
(Programa de Ayuda a la Cumplimentación del Documento Único Electrónico). Este
servicio deberá prestarse con carácter gratuito. El PAE se compromete a informar a los
emprendedores de la gratuidad del servicio y de la utilización del DUE.
3. Información sobre las ayudas públicas aplicables al proyecto empresarial. Para
ello, podrá utilizar la base de datos de ayudas, del portal PYME, www.pae.es.
Serán servicios opcionales los siguientes:

1. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el ejercicio de la
actividad.
2. Realización de la tramitación para el ejercicio de la actividad mediante el sistema
de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE.
3. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el cese de la
actividad.
4. Realización de la tramitación para el cese de la actividad mediante el sistema de
tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE.
5. Información a los emprendedores que lo demanden sobre el estado de
tramitación de los procedimientos iniciados en su nombre, incluyendo, en su caso,
información sobre el estado de la tramitación en los Ayuntamientos de las declaraciones
responsables presentadas a través de la iniciativa «Emprende en 3». Esta información
será accesible en el PAE electrónico.
6. Notificación de los actos de trámite preceptivos y la Resolución a los
emprendedores que así lo demanden de los trámites iniciados en su nombre y siempre y
cuando así lo permita el PAE electrónico.

cve: BOE-A-2023-26687
Verificable en https://www.boe.es

B.