II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Personal laboral. (BOE-A-2023-26655)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para la provisión de plazas de Oficial/Oficiala Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad de Preimpresión, en la Imprenta Nacional.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023
8.

Sec. II.B. Pág. 176464

Formalización del contrato de trabajo

8.1 El contrato de trabajo se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado». En el caso de que el
candidato o candidata propuesta no presente la documentación requerida en el plazo
establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o no se presente, se declarará
decaído y el contrato se formalizará al siguiente en la lista de prelación en puntuación.
8.2 El órgano de selección del proceso selectivo elaborará, a la finalización del
mismo, una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento, como
personal laboral temporal del cuerpo, escala o categoría al que corresponde la presente
convocatoria, con la duración, características y funcionamiento que establezca en su
caso el órgano convocante, y previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública.
9.

Norma final

9.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 24 y concordantes del Convenio
Colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el resto de la legislación
vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
9.2 Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo,
los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda
ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada ley 39/2015,
de 1 de octubre.
Madrid, 18 de diciembre de 2023.–El Director de la Agencia Estatal «Boletín Oficial
del Estado», Manuel Tuero Secades.
ANEXO I
(Funciones a realizar)

– Digitalizar y realizar el tratamiento de imágenes mediante aplicaciones informáticas.
– Digitalizar y tratar textos mediante aplicaciones informáticas
– Realizar la maquetación y compaginación de productos gráficos.
– Tratar imágenes y crear elementos gráficos con los parámetros de gestión del
color adecuados.
– Componer elementos gráficos, imágenes y textos según la teoría de la arquitectura
tipográfica y maquetación.

cve: BOE-A-2023-26655
Verificable en https://www.boe.es

Oficial/oficiala Primera Oficios Propios de Prensa. Es aquel operario/operaria que
ejecuta trabajos cualificados de una especialidad, que exige una habilidad particular y
conocimiento profesional, que no puede ser adquirido más que por una intensa práctica
de la especialidad o por un aprendizaje metódico, sancionado, si existiera, por un
certificado de aptitud profesional.
Realizará las funciones propias de su especialidad con una habilidad consumada,
espíritu de iniciativa y completa responsabilidad, ejecutando cualquier tipo de labor que
se le encomiende, dentro de su especialidad.
Especialidad de Preimpresión. Conocimientos y habilidades para: