III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-26685)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Castilla y León y la Diputación de León, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Montaña de Riaño.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

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años y tres meses la duración del convenio desde la finalización del periodo inicialmente
acordado para la ejecución de las actuaciones. Es decir, la ejecución comprenderá
desde el próximo 12 de diciembre de 2023, hasta el 12 de diciembre de 2026 y la
justificación finalizará el 12 de marzo del 2027, incluyéndose así el periodo de ejecución
de tres años y la justificación por un plazo máximo de tres meses.
Tercera. Modificaciones.
A estos efectos, se modifican las siguientes cláusulas o apartados del convenio,
incluido su anexo.
3.1 La cláusula cuarta del convenio suscrito el 9 de diciembre de 2020 queda
redactada en los siguientes términos:
1. Las aportaciones de la Secretaría de Estado de Turismo se efectuarán con cargo
a la aplicación presupuestaria 20.04 432A 763 del Presupuesto de Gastos de la
Secretaría de Estado de Turismo para el año 2020 – Presupuestos Generales del Estado
del año 2018 prorrogado para 2020.
2. La Secretaría de Estado de Turismo transferirá el importe de la primera
anualidad a la EE.LL. ejecutante, como financiación anticipada de las actuaciones,
conforme a lo establecido por el artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio.
La aportación de la primera anualidad podrá financiar las actuaciones que se realicen en
los restantes ejercicios del convenio, siendo el plazo de ejecución de tres años para esta
aportación a partir de la entrada en vigor del convenio.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la Secretaría de Estado de Turismo se realizará en el plazo máximo
de tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones, mediante
la presentación de los siguientes documentos ante la Secretaría de Estado de Turismo:

Lo anterior se entiende sin perjuicio de las funciones de control financiero y de
fiscalización de las aportaciones objeto del presente convenio, que correspondan a otros
órganos del Estado (Intervención General del Estado o Intervención Delegada
correspondiente y el Tribunal de Cuentas), por lo que en cualquier momento se podrán
exigir las facturas originales o copias autenticadas conforme a la ley que justifiquen la
inversión realizada.
4. Asimismo, a la finalización del Plan se remitirá, por parte de la gerencia, una
memoria global de las actuaciones realizadas con la ayuda del Plan que incluya la
repercusión social, económica y ambiental en el territorio conforme a los retos del

cve: BOE-A-2023-26685
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a) Memoria general, en la que se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en
relación con los objetivos propuestos.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del Plan en medios de comunicación.
d) Certificado de haberse registrado en la contabilidad el ingreso de la Secretaría
de Estado de Turismo que se justifica, así como los de las otras partes correspondientes
a cada anualidad, en caso de que proceda, según el cuadro financiero de distribución de
anualidades.
e) Informe del Interventor de la EE.LL. ejecutante de las obligaciones reconocidas
imputadas a cada proyecto.
f) Informe del Interventor de la Administración ejecutora en el que se haga constar
que todas las facturas han sido pagadas.
g) Certificado del Secretario de la EE.LL. ejecutante sobre la realización de las
actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados correspondientes a las
mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de Seguimiento.
h) Acta de la Comisión de Seguimiento o documento de cierre de cada anualidad
suscrito por todas las partes del convenio, en el que conste la inversión inicial y la final
detallada por actuaciones.