I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2023-26727)
Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 29 de diciembre de 2023
Dos.
Sec. I. Pág. 177011
El artículo 5 pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 5.
Ministerio de Hacienda.
1. Corresponde al Ministerio de Hacienda la propuesta y ejecución de la
política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de
gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el
ordenamiento jurídico.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a)
b)
La Secretaría de Estado de Hacienda.
La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.»
Tres. Se modifica el apartado 4 del artículo 18, que queda redactado como sigue:
«4. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado
de Derechos Sociales.»
Cuatro.
El apartado 2 del artículo 20 pasa a tener la siguiente redacción:
«2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado
de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.»
Cinco.
El artículo 22 queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 22.
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
1. Corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
telecomunicaciones, sociedad de la información, transformación digital y el
desarrollo y fomento de la inteligencia artificial.
2. Asimismo corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
administración pública, función pública, y gobernanza pública.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
b) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
c) La Secretaría de Estado de Función Pública.»
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
Disposición final primera. Supresión de órganos.
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Ministerio de Transformación Digital.
La Secretaría de Estado de Derechos Sociales y Agenda 2030.
La Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género.
Disposición final segunda. Referencias a los órganos suprimidos.
Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos que, por este real decreto, se
suprimen, se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los
sustituyen o asumen sus competencias.
cve: BOE-A-2023-26727
Verificable en https://www.boe.es
Quedan suprimidos los siguientes órganos superiores:
Núm. 312
Viernes 29 de diciembre de 2023
Dos.
Sec. I. Pág. 177011
El artículo 5 pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 5.
Ministerio de Hacienda.
1. Corresponde al Ministerio de Hacienda la propuesta y ejecución de la
política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de
gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el
ordenamiento jurídico.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a)
b)
La Secretaría de Estado de Hacienda.
La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.»
Tres. Se modifica el apartado 4 del artículo 18, que queda redactado como sigue:
«4. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado
de Derechos Sociales.»
Cuatro.
El apartado 2 del artículo 20 pasa a tener la siguiente redacción:
«2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado
de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.»
Cinco.
El artículo 22 queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 22.
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
1. Corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
telecomunicaciones, sociedad de la información, transformación digital y el
desarrollo y fomento de la inteligencia artificial.
2. Asimismo corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
administración pública, función pública, y gobernanza pública.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
b) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
c) La Secretaría de Estado de Función Pública.»
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
Disposición final primera. Supresión de órganos.
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Ministerio de Transformación Digital.
La Secretaría de Estado de Derechos Sociales y Agenda 2030.
La Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género.
Disposición final segunda. Referencias a los órganos suprimidos.
Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos que, por este real decreto, se
suprimen, se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los
sustituyen o asumen sus competencias.
cve: BOE-A-2023-26727
Verificable en https://www.boe.es
Quedan suprimidos los siguientes órganos superiores: