III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio histórico. (BOE-A-2023-26703)
Orden CLT/1407/2023, de 22 de diciembre, por la que se otorga garantía del Estado al depósito de siete obras para su exhibición en la exposición permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
26703

Orden CLT/1407/2023, de 22 de diciembre, por la que se otorga garantía del
Estado al depósito de siete obras para su exhibición en la exposición
permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.

A petición de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre,
por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras
de interés cultural y la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación
de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 17
de octubre de 2023, de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura emitido con
fecha del 3 de noviembre de 2023, y de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria con fecha 8 de noviembre de 2023, y una vez fiscalizado de conformidad
por la Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 15 de noviembre de 2023, en cumplimiento del artículo 3 del
Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero.

Otorgamiento de la garantía del Estado.

Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en la solicitud de la institución y
en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.
Segundo.

Objeto.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con el valor y las
condiciones expresadas en la solicitud de la institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.

1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las obras que figuran en
la solicitud de la institución y en el anexo de esta orden, a los efectos de su exhibición en
el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, sito en paseo del Prado, 8, en Madrid, en la
exposición permanente, desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado
asciende a once millones quinientos cuarenta mil euros (11.540.000,00 €). A los efectos
de esta orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la
solicitud de garantía del Estado.
3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el
artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la
disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser
aseguradas por la institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras.

cve: BOE-A-2023-26703
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.