III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2023-26688)
Orden APA/1406/2023, de 26 de diciembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cereza comprendido en el cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 176740

ANEXO IV
Criterios para el establecimiento de la base de datos
Procedimiento seguido para la selección de las parcelas incluidas en la base de datos
(individualizables) y el cálculo de su rendimiento máximo a efectos del seguro
1.

Unidad de análisis

Los rendimientos máximos individualizados se han fijado a nivel de parcela SIGPAC
(sin descender a nivel de recinto) y grupo varietal.
A efectos del cálculo de los rendimientos máximos asegurables se ha agrupado toda
la información correspondiente a los distintos recintos y a las distintas variedades
incluidas en la misma parcela SIGPAC siempre y cuando pertenezcan al mismo grupo
varietal.
2.

Parcelas incluidas en la base de datos

Las parcelas que se incluyen en la base de datos son aquellas de las que se dispone
de información del seguro de al menos tres de los seis últimos planes.
3.

Cálculo de los rendimientos máximos asegurables

El rendimiento máximo asegurable fijado para las parcelas incluidas en la base de
datos de cerezo se corresponde con la media aritmética de los rendimientos obtenidos
en cada una de ellas para la serie de los seis últimos planes.
La producción obtenida para cada parcela y plan se ha calculado aplicando los
siguientes criterios:
a) Parcelas con siniestro: la producción real final incrementada con las pérdidas
ocasionadas por los riesgos de pedrisco, lluvia y riesgos excepcionales.
b) Parcelas sin siniestro: la producción asegurada en el seguro principal más la
producción asegurada en el seguro complementario.
Para evitar la entrada de posibles errores en el procedimiento de cálculo de los
rendimientos máximos asignados se han depurado los datos de partida del seguro
eliminando aquellos datos considerados anómalos por corresponderse con valores de
densidades de plantación o rendimientos asegurados excesivamente altos o bajos.
ANEXO V
Rendimientos máximos asegurables
Plantaciones en secano y plantaciones en regadío con menos de 300 árboles por
hectárea. (kg/árbol)
IV.1.1
Grupo

I.

Cáceres
Edad de la plantación

0a4

5y6

7 a 15

Más de 15

Tempranas.

No asegurable.

9

19

19

II. Media estación.

No asegurable.

11

23

23

III. Tardías.

No asegurable.

11

23

25

IV.

No asegurable.

No asegurable

30

50

Picotas (1).
(1)

Picotas: Ambrunés, Pico limón negro, Pico negro y Pico colorado o Picota.

cve: BOE-A-2023-26688
Verificable en https://www.boe.es

IV.1