II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26552)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 173101

disposición transitoria undécima; los estatutos de la Universidad; el Acuerdo 66/2009,
de 30 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento de
acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente,
aprobado por el Consejo de Gobierno, y por las bases específicas de la presente
convocatoria. Y con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Acuerdo
CG/2023/03/09, de 13 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la
normativa de acreditación del conocimiento del catalán del PDI de la UPC.
1.2 En la realización de los concursos se deberán garantizar los principios de
igualdad de oportunidades de los aspirantes, de mérito y capacidad y publicidad.
1.3 Las comisiones dispondrán hasta el 14 de abril de 2024. Para la resolución del
concurso, salvo situaciones excepcionales que puedan surgir durante su desarrollo.
1.4 El perfil de las plazas, la composición de las comisiones y los criterios de
valoración serán los que constan en los anexos II, II y IV de las presentes bases.
1.5 Los días considerados como inhábiles, a efectos de las presentes bases, son
los que se encuentran publicados en https://seuelectronica.upc.edu.
1.6 La Universidad podrá subsanar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de parte, los errores materiales, de hecho y aritméticos que se produzcan en el
procedimiento.
1.7 Según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la publicación
de las resoluciones detalladas en la página web de la convocatoria de la UPC
https://treballa.upc.edu/ca, en el apartado «Convocatoria de concursos» - «Concursos PDI
funcionario» - resolución correspondiente al presente proceso, y en el tablón de anuncios
de la comisión habilitado en dicha página, se considerará realizada la oportuna notificación
a las personas interesadas y se iniciará el cómputo de los plazos para posibles
reclamaciones o recursos.
2. Requisitos de las personas candidatas
a) Poseer la nacionalidad española o la de los demás Estados miembros de la Unión
Europea. También podrán ser admitidos el cónyuge o la cónyuge y sus descendientes,
tanto de ciudadanos españoles como de nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, con
respecto a los descendientes, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad
dependientes. Asimismo, también podrán ser admitidas las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones
correspondientes al profesorado universitario.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario o, en el caso del personal laboral, para el ejercicio de funciones
similares a las que desempeñaba en el puesto de trabajo del que hubiese sido separado
o para el que hubiese sido inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
d) Poseer el título de doctor o doctora. En caso de que el título no haya sido
expedido por una universidad española, deberá haber sido homologado con uno de los
títulos de carácter oficial en España o bien disponer del certificado de equivalencia del
grado académico de doctor o doctora expedido por la Universidad.

cve: BOE-A-2023-26552
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Núm. 310