III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-26589)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
26589

Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Las Palmas de Gran Canaria, un convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de diciembre de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas)
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de diciembre del año dos
mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE número 316, de 31 de
diciembre) en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña Carolina Darias San Sebastián, Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, previa habilitación del Ayuntamiento
Pleno, en virtud del acuerdo adoptado en fecha 29 de septiembre de 2023, de
conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 123.1.j) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, asistida por la Secretaria
General del Pleno, doña Ana María Echeandía Mota, como fedataria de los acuerdos y
actos del mismo y de sus miembros, conforme a la Disposición Adicional 8.ª de
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro

cve: BOE-A-2023-26589
Verificable en https://www.boe.es

Primero.