III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-26588)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Conquista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la
Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas,
fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia, se
suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 7/1985, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
Tercero.
El Ayuntamiento de Conquista, en fecha 23 de marzo de 2022, solicitó a través de la
Gerencia Territorial del Catastro de Córdoba, a la Dirección General del Catastro, la
formalización del presente convenio de colaboración, en sustitución del convenio suscrito
el 6 de marzo de 2008, actualmente vigente, que se extingue con la firma del presente
convenio.
Las partes manifiestan y suscriben su común voluntad y acuerdo de resolver el
Convenio de 6 de marzo de 2008, que queda extinguido. Así, resuelto el anterior, la
suscripción del presente convenio viene a sustituir al citado instrumento de colaboración.
Cuarto.
El Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de Córdoba en sesión celebrada
el 20 de octubre de 2022, informó favorablemente la suscripción del presente convenio,
en virtud de lo establecido en el artículo 63.2 del Real Decreto 417/2006.
En consecuencia, las Administraciones intervinientes proceden a la formalización del
presente convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la colaboración entre la Dirección General del
Catastro, a través de la Gerencia Territorial del Catastro de Córdoba (en adelante
Gerencia), y el Ayuntamiento de Conquista (en adelante Ayuntamiento), para el ejercicio
de las funciones de gestión catastral cuyo contenido y régimen jurídico figuran
especificados en las cláusulas siguientes.
Tramitación de los expedientes de alteraciones de orden físico y económico.

1. En régimen de encomienda de gestión, se atribuyen al Ayuntamiento las
funciones de tramitación de los expedientes de alteraciones de orden físico y económico,
relativos a bienes inmuebles urbanos y rústicos, que se formalicen en el modelo
aprobado por Orden Ministerial. Asimismo, asumirá la tramitación de los cambios de
titularidad asociados a estas alteraciones que se presenten mediante la correspondiente
declaración.
2. Dicha colaboración comprenderá las siguientes actuaciones:
a) Recepción de la declaración, registro en los sistemas informáticos de la
Dirección General del Catastro y asistencia al contribuyente en la cumplimentación de
las declaraciones de alteraciones catastrales objeto del presente convenio.
b) Comprobación de la documentación presentada relativa a datos físicos, jurídicos
o económicos de los bienes inmuebles declarados, con realización, en su caso, de los
oportunos trabajos de campo.

cve: BOE-A-2023-26588
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Segunda.