III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-26556)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea Miguel de Cervantes, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
Decimocuarta.
Sec. III. Pág. 173133
Modificación del convenio.
Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento, de mutuo
acuerdo y por escrito. Cualquier modificación del mismo deberá ser tramitada conforme a
lo previsto en la citada Ley 40/2015.
Decimoquinta.
Naturaleza jurídica.
El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el
capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, de España y demás normativa que resulte de aplicación.
Decimosexta.
Colaboración entre los firmantes y resolución de conflictos.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
La resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
convenio será sometida a los tribunales competentes de la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Decimoséptima.
Resolución del convenio suscrito el 16 de julio de 2020.
Las partes acuerdan resolver el convenio suscrito por los firmantes en fecha 16 de
julio de 2020, dando lugar a su extinción desde su inscripción en el Registro electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes en fecha 16 de julio de 2020, convenio que por
consiguiente se declara resuelto y extinto.
cve: BOE-A-2023-26556
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman el presente convenio en
las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero,
19 de diciembre de 2023.–Por la Universidad Europea Miguel de Cervantes, el Rector,
David García López, 18 de diciembre de 2023.
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
Decimocuarta.
Sec. III. Pág. 173133
Modificación del convenio.
Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento, de mutuo
acuerdo y por escrito. Cualquier modificación del mismo deberá ser tramitada conforme a
lo previsto en la citada Ley 40/2015.
Decimoquinta.
Naturaleza jurídica.
El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el
capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, de España y demás normativa que resulte de aplicación.
Decimosexta.
Colaboración entre los firmantes y resolución de conflictos.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
La resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
convenio será sometida a los tribunales competentes de la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Decimoséptima.
Resolución del convenio suscrito el 16 de julio de 2020.
Las partes acuerdan resolver el convenio suscrito por los firmantes en fecha 16 de
julio de 2020, dando lugar a su extinción desde su inscripción en el Registro electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes en fecha 16 de julio de 2020, convenio que por
consiguiente se declara resuelto y extinto.
cve: BOE-A-2023-26556
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman el presente convenio en
las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero,
19 de diciembre de 2023.–Por la Universidad Europea Miguel de Cervantes, el Rector,
David García López, 18 de diciembre de 2023.