III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-26618)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de A Coruña, para la realización de prácticas académicas no retribuidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 173885
4. Asumir la gestión económica y administrativa correspondiente a las
obligaciones de Seguridad Social respecto a los estudiantes que realicen sus
prácticas académicas o su TFG/TFM en el INE.»
Segundo.
Dejar inalteradas el resto de cláusulas del convenio.
Tercero.
La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal manteniendo la vigencia del
convenio suscrito que modifica. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo
establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
cve: BOE-A-2023-26618
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman la presente Adenda, de forma electrónica y a un solo efecto
tomándose como fecha de firma la del último firmante, es decir el 19 de diciembre
de 2023.–Por la Universidad de A Coruña, el Rector, Julio E. Abalde Alonso.–Por el
Instituto Nacional de Estadística, el Director General de Planificación Estadística y
Procesos, por delegación de la Presidenta del Organismo (Resolución de 24 de octubre
de 2022, de la Presidencia del INE, BOE de 28 de octubre), Carlos Javier Ballano
Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 173885
4. Asumir la gestión económica y administrativa correspondiente a las
obligaciones de Seguridad Social respecto a los estudiantes que realicen sus
prácticas académicas o su TFG/TFM en el INE.»
Segundo.
Dejar inalteradas el resto de cláusulas del convenio.
Tercero.
La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal manteniendo la vigencia del
convenio suscrito que modifica. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo
establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
cve: BOE-A-2023-26618
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman la presente Adenda, de forma electrónica y a un solo efecto
tomándose como fecha de firma la del último firmante, es decir el 19 de diciembre
de 2023.–Por la Universidad de A Coruña, el Rector, Julio E. Abalde Alonso.–Por el
Instituto Nacional de Estadística, el Director General de Planificación Estadística y
Procesos, por delegación de la Presidenta del Organismo (Resolución de 24 de octubre
de 2022, de la Presidencia del INE, BOE de 28 de octubre), Carlos Javier Ballano
Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X