III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2023-26576)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Gandesa, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 173274
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Gandesa y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Arnes, Ascó, Batea, Benissanet, Bot, Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de
Brai, Ginestar, Horta de Sant Joan, La Fatarella, La Pobla de Massaluca, Miravet, Móra
d’Ebre, Prat de Comte, Rasquera y Vilalba dels Arcs que han de hacerlo
simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la
disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Gandesa, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Gandesa y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Arnes, Ascó, Batea,
Benissanet, Bot, Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de Brai, Ginestar, Horta de Sant
Joan, La Fatarella, La Pobla de Massaluca, Miravet, Móra d’Ebre, Prat de Comte,
Rasquera y Vilalba dels Arcs, de la aplicación informática denominada Dicireg, del
Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 5 de
febrero de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Gandesa pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Gandesa y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Arnes, Ascó, Batea, Benissanet, Bot,
Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de Brai, Ginestar, Horta de Sant Joan, La Fatarella, La
Pobla de Massaluca, Miravet, Móra d’Ebre, Prat de Comte, Rasquera y Vilalba dels Arcs
pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Arnes, Ascó, Batea,
Benissanet, Bot, Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de Brai, Ginestar, Horta de Sant
Joan, La Fatarella, La Pobla de Massaluca, Miravet, Móra d’Ebre, Prat de Comte,
Rasquera y Vilalba dels Arcs, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la
disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011,
de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y
Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de
la Ley 20/2011.
cve: BOE-A-2023-26576
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 310
Jueves 28 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 173274
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Gandesa y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Arnes, Ascó, Batea, Benissanet, Bot, Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de
Brai, Ginestar, Horta de Sant Joan, La Fatarella, La Pobla de Massaluca, Miravet, Móra
d’Ebre, Prat de Comte, Rasquera y Vilalba dels Arcs que han de hacerlo
simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la
disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Gandesa, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Gandesa y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Arnes, Ascó, Batea,
Benissanet, Bot, Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de Brai, Ginestar, Horta de Sant
Joan, La Fatarella, La Pobla de Massaluca, Miravet, Móra d’Ebre, Prat de Comte,
Rasquera y Vilalba dels Arcs, de la aplicación informática denominada Dicireg, del
Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 5 de
febrero de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Gandesa pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Gandesa y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Arnes, Ascó, Batea, Benissanet, Bot,
Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de Brai, Ginestar, Horta de Sant Joan, La Fatarella, La
Pobla de Massaluca, Miravet, Móra d’Ebre, Prat de Comte, Rasquera y Vilalba dels Arcs
pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Arnes, Ascó, Batea,
Benissanet, Bot, Caseres, Corbera d’Ebre, El Pinell de Brai, Ginestar, Horta de Sant
Joan, La Fatarella, La Pobla de Massaluca, Miravet, Móra d’Ebre, Prat de Comte,
Rasquera y Vilalba dels Arcs, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la
disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011,
de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y
Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de
la Ley 20/2011.
cve: BOE-A-2023-26576
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.