I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2023-26453)
Real Decreto 1170/2023, de 27 de diciembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2023, y de adecuación de la planta judicial.
39 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 172783

2.2 El día 31 de marzo de 2024 entrarán en funcionamiento los trece Juzgados
siguientes:
f) Cuatro Juzgados de Primera Instancia:
Número 6 de Eivissa.
Número 6 de Ponferrada.
Número 8 de Badajoz.
Número 16 de A Coruña.
g)

Dos Juzgado de Primera Instancia e Instrucción:

Número 4 de La Palma del Condado.
Número 10 de Arganda del Rey.
h)

Dos Juzgados de lo Penal:

Números 38 y 39 de Madrid.
i)

Cuatro Juzgados de lo Social:

Número 6 de Almería.
Número 4 de Cádiz.
Números 50 y 51 de Madrid.
j)

Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Almería.

5.1 La fecha de efectos de las agrupaciones de partidos judiciales de Juzgados de
Violencia sobre la Mujer en la Comunidad Autónoma de Andalucía será el 1 de abril
de 2024, a excepción de la agrupación de partidos judiciales relativa a la extensión de la
competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Málaga al partido judicial de
Torremolinos; que serán efectiva al día siguiente de la fecha de entrada en
funcionamiento del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 de Málaga,
5.2 La fecha de efectos de la agrupación de partidos judiciales de Juzgados de
Violencia sobre la Mujer en la Comunidad Autónoma de Canarias, relativa a la extensión
de la competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Las Palmas de Gran
Canaria al partido judicial de Arucas, de Santa María de Guía de Gran Canaria y de
Telde, será efectiva al día siguiente de la fecha de entrada en funcionamiento del
Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de
diciembre, se establece la fecha de efectividad para el 31 de enero de 2024 de una plaza
de Juez o Jueza de Adscripción Territorial en el Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña.

cve: BOE-A-2023-26453
Verificable en https://www.boe.es

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de
diciembre, la fecha de entrada en funcionamiento de los juzgados que se crean y
constituyen en el presente real decreto, a excepción de los veinticuatro mencionados en
el apartado 2 de esta disposición final tercera será fijada por la persona titular del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes oído el Consejo
General del Poder Judicial, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
4. La fecha de efectos de la transformación de los dos juzgados a que se refiere el
artículo 7 será el día 31 de marzo de 2024.
5. La fecha de efectos de la agrupación de partidos judiciales de Juzgados de
Violencia sobre la Mujer en la Comunidad Foral de Navarra, así como la de la
modificación de la extensión de jurisdicción de la agrupación de los Juzgados de
Violencia sobre la Mujer del partido judicial de València a que se refieren, los apartados 1
y 2 del artículo 8 del presente real decreto, será el día 1 de febrero de 2024.