III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26601)
Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

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ANEXO XI
Declaración responsable de no ser empresas en crisis
Don/Doña XXXXXX, con NIF XXXXXXXX, por sí mismo/a o en representación de la
entidad XXXXXX, con CIF XXXXXXX en calidad de XXXXX de la compañía,
DECLARA
Que la empresa de la que es representante y solicitante de esta ayuda no está en
crisis de acuerdo con el artículo 1.4.c) del Reglamento (UE) número 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014, tal y como vienen definidas en su artículo 2.18.
ANEXO XII
Características de los Espacios de Datos
Un Espacio de Datos es un ecosistema donde materializar la compartición voluntaria
de los datos de sus participantes dentro de un entorno de soberanía, confianza y
seguridad, establecido mediante mecanismos integrados de gobernanza, organizativos,
normativos y técnicos, de acuerdo con los principios establecidos por la Oficina del Dato.
Algunas de las características que cumplen los espacios de datos son:
– El espacio de datos fomenta la confianza de los partícipes, generando relaciones
de valor añadido entre los partícipes y habilitando una ética de tratamiento del dato
alrededor de los principios de objetividad, cooperación, participación, proximidad,
integridad, transparencia, responsabilidad social, equidad y sostenibilidad.
– El espacio de datos, como ecosistema de compartición de datos, garantiza la
soberanía de los partícipes sobre sus datos. El partícipe en el espacio es quién decide
con quién intercambia información y en qué condiciones lo hace, haciendo hincapié en la
prevención de usos no autorizados por terceras partes.
– El espacio de datos presta especial atención a todos los aspectos relativos a su
seguridad, incidiendo en la seguridad desde el diseño y su adecuación al Esquema
Nacional de Seguridad.
– El espacio de datos facilita encontrar, acceder y usar los datos, bajo principios
FAIR (localizables, accesibles, intercambiables, reusables), describiendo suficientemente
los conjuntos de datos implicados y sus restricciones de uso, las estructuras de datos,
vocabularios y taxonomías, así como los medios técnicos de acceso.
– El espacio de datos, para asegurar su correcto funcionamiento, dispondrá de
mecanismos para asegurar el nivel de calidad de los datos aportados por los
participantes, y facilitará el desarrollo de semánticas y vocabularios de uso común
facilitadoras del intercambio de información.
– El espacio de datos asegurará las sinergias e interoperabilidad con otros espacios
de datos.
Un espacio de datos es administrado por una entidad promotora. Dentro del
concepto de espacio de datos, más allá de un intercambio bilateral de información, se
considera tienen cabida tantos entornos centralizados de aglutinación de información y
generación de servicios de valor añadido con o sin contraprestación económica, como
entornos federados innovadores de compartición de datos e incluso recursos de
computación. Los primeros, pueden verse como piezas fundamentales de la
construcción de los segundos, debiendo en todo caso buscar la interoperabilidad total de
las soluciones desplegadas. Adicionalmente, en su constitución tendrían cabida todas las
dinámicas orientadas a la generación de comunidad y bienes públicos reusables («digital
public goods») abarcando tanto semánticas de uso común y datos abiertos facilitados
por las administraciones, como la generación de componentes constructivos en
repositorios de acceso libre.

cve: BOE-A-2023-26601
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Núm. 310