V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2023-39165)
Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, por el que se convoca levantamiento de actas previas a la ocupación en el procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución del proyecto "Ampliación de la subestación Moraleja 400 kV, con una nueva posición para la instalación de un STATCOM y una nueva posición para evacuación de energía renovable (EVRE), en el término municipal de Moraleja de Enmedio, en la provincia de Madrid". (Expediente: LAT 06/22).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 63721

estiman oportuno.
Asimismo, en el caso de que existan varios titulares, tanto de la propiedad
como de derechos reales o intereses económicos, deberá/n acudir a la presente
convocatoria atendiendo a los siguientes criterios:
· Si los bienes y derechos son de carácter ganancial, deberán comparecer
ambos cónyuges.
· Si se trata de una propiedad en proindiviso, deberán acudir todos los
cotitulares.
· En el supuesto de que exista algún otro interesado como arrendatario,
aparcero o acreedor hipotecario, deberá/n darle conocimiento de la presente
convocatoria, a fin de que pueda ser parte en la tramitación, debiendo comparecer
con el correspondiente contrato y/o documento que acredite su condición de
interesado.
· Si alguno de los titulares no pudiera acudir al presente acto, podrán ser
representados por otro titular del bien objeto de expropiación, o por un tercero, con
poder notarial/consular suficiente expedido a tales efectos.
En caso de incomparecencia se entenderán diligencias con el Ministerio Fiscal.
De acuerdo con los artículos 17, 18 y 56.2 del Reglamento de Expropiación
Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular, durante un plazo de 15
días, ante la esta Área Funcional de Industria y Energía cuantas alegaciones
estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se
hayan podido cometer en la relación de bienes y derechos afectados cuya relación
individualizada se adjunta como Anexo a este escrito.
Podrán presentarse las alegaciones, documentación citada anteriormente o
aquella que se considere oportuna, a través del Registro Electrónico Común de la
Administración General del Estado disponible en:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do,

En el acto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de
Expropiación Forzosa, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los
bienes y derechos afectados, suscribiéndose en tal caso, acta de adquisición por
mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y derechos
afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación, el
premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses
pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En
caso de que no alcanzar el mutuo acuerdo, se hará entrega de la correspondiente

cve: BOE-B-2023-39165
Verificable en https://www.boe.es

(Órgano: Delegación del Gobierno en Madrid - Área Funcional de Industria y
Energía", código DIR3; EA0040718), en la oficina de Registro de las
Subdelegaciones del Gobierno y otros Registros oficiales, o por alguno de los
medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las
alegaciones o informes presentados por entidades, personas jurídicas y
profesionales obligados a relacionarse por medios electrónicos con las AAPP, se
presentarán exclusivamente a través del Registro Electrónico Común citado,
conforme al Artículo 14 de la Ley 39/2015.