III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-26445)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros, para el desarrollo del área de "Economía" dentro del Programa de Doctorado en "Economía y Gobierno".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023
Segundo.

Sec. III. Pág. 172602

Eficacia de la prórroga.

La presente prórroga será eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal debiendo
producirse dicha inscripción antes del 25 de octubre de 2023.
La adenda de prórroga deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.

Actualizaciones.

I. La referencia que se hace en la cláusula undécima del convenio al Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales (ya derogado) se entenderá actualizada al Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las
enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
II. La referencia que se hace en la cláusula sexta del convenio al Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades se entenderá actualizada al Ministerio de
Universidades, o a la denominación que corresponda en cada momento.
III. La referencia que se hace en el apartado 5.º de la parte expositiva al artículo 2
de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se entenderá
realizada al artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario.
Asimismo, la referencia que se hace en la cláusula undécima a la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, se entenderá realizada la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo.

cve: BOE-A-2023-26445
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento a un solo
efecto, en Madrid, en las fechas indicadas en las firmas electrónicas, tomándose como
fecha de formalización la fecha del último firmante.–Por la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz, 18 de octubre de 2023.–Por la
Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros (CEMFI), Pablo Hernández de
Cos, 23 de octubre de 2023.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X