II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2023-26362)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 172034

máximo de 4 puntos. La documentación que acredite los cursos de formación a valorar
se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
2.2

Personal laboral fijo.

a) Servicios prestados. Se valorarán los servicios prestados, hasta la fecha de
publicación de la presente convocatoria, desempeñados en los puestos de trabajo del
grupo M3 del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado
o del Grupo 1 del IV Convenio único o en otras categorías y grupos profesionales
equivalentes al servicio de la Administración General del Estado, en sus organismos
públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, siempre y
cuando fueran tareas coincidentes con las funciones del área por la que se presenta la
persona aspirante. La puntuación será de 0,5 puntos por año trabajado, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Permanencia o tiempo de trabajo. Se valorará la permanencia o tiempo de
trabajo desarrollado en el grupo y especialidad que tenga la persona aspirante el día de
la publicación de esta convocatoria. Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un
máximo de 4 puntos, según el siguiente baremo:
a. 20 años o más: 4 puntos.
b. De 15 hasta 20 años: 3 puntos.
c. De 10 hasta 15 años: 2 puntos.
d. De 2 a 10 años: 1 punto.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán los cursos acreditados
por el personal laboral y recibidos en los últimos cinco años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o
privado, cuya duración sea igual o superior a quince horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del
Cuerpo objeto de esta convocatoria, fijándose la obsolescencia en función de la
naturaleza y contenido de la materia. Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un
máximo de 4 puntos. La documentación que acredite los cursos de formación a valorar
se acompañará al certificado de requisitos y méritos.

1) Mayor número de años de prestación de servicios.
2) Mayor grado personal consolidado y formalizado (personal funcionario de
carrera) o mayor permanencia o tiempo trabajado (personal laboral).
3) Mayor puntuación en cursos de formación y perfeccionamiento.
4) Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante
del sorteo previsto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado
de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio).
Finalizada las fases de concurso-oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» la relación de personas aspirantes que las hayan superado por orden de
puntuación. Dichas personas aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte

cve: BOE-A-2023-26362
Verificable en https://www.boe.es

La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará
pública en los lugares indicados en la base específica 11, que comprenderá a las
personas aspirantes que superen la misma.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
En caso de empate en la valoración final del proceso selectivo, el orden de prelación
se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: