II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2023-26362)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los títulos presentados. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para
que se presenten por la modalidad presencial, a aquellas personas aspirantes que no
reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés
mediante titulación.
El tribunal cotejará la autenticidad de la documentación aportada, ante la existencia
de dudas derivadas de la calidad de la copia, pudiendo requerir la documentación
original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se
presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no
se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el
acceso al siguiente ejercicio.
Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de
tres horas, de un tema elegido por la persona aspirante de entre dos extraídos al azar de
la segunda parte del programa, y dos temas de entre cuatro elegidos al azar de la
tercera parte del programa de cada Área. Cada persona opositora procederá a la lectura
pública de su ejercicio. Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular preguntas
sobre el contenido de los temas que haya desarrollado la persona opositora durante un
tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden
de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y
exposición.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarlo.
Tercer ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo de
dos horas, de un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias
contenidas en la tercera parte del programa de cada área. Cada aspirante procederá a la
lectura pública de su ejercicio. Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular
preguntas sobre el contenido del mismo durante un tiempo máximo de quince minutos.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en
orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarlo.
El tribunal podrá contar con asesores especialistas para la valoración de todos o
alguno de los ejercicios de la oposición.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho las personas
opositoras que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor,
justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán
apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una
convocatoria extraordinaria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de
corrección y los baremos de puntuación establecidos en este anexo y deberá publicar
con anterioridad a la realización de la prueba los criterios de corrección, valoración y
superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las bases de la
convocatoria.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo y tercero.
No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas
convocadas. En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos
obtenidos en el tercer ejercicio, el segundo y el primer ejercicio de la fase de oposición.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
quedaran vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre,
según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

cve: BOE-A-2023-26362
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Núm. 309