III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-26422)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Instituto Galego de Promoción Económica, la Axencia Galega de Innovación, Xesgalicia Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU y Vigo Activo Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E., para el desarrollo de las séptima y octava ediciones del Programa ViaGalicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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De otra parte, doña Ana María Mejías Sacaluga, en nombre y representación del
Consorcio de la Zona Franca de Vigo (en adelante, el Consorcio) y de Vigoactivo
Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E. (en adelante, Vigoactivo), comparece en su
calidad de vocal sustituta del Delegado Especial del Estado en dicho organismo, y
con poderes suficientes para formalizar esta adenda en virtud del acuerdo del
Comité Ejecutivo de dicha entidad, adoptado en reunión celebrada el día 16 de junio
de 2023.
Las partes se reconocen capacidad legal y jurídica suficiente para formalizar la
presente adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que Igape, Gain, Xesgalicia, el Consorcio y Vigo Activo firmaron el 10 de julio
de 2022 un convenio para regular la colaboración entre las partes en el desarrollo de la
séptima y octava ediciones del programa ViaGalicia.
II. Que el objeto del convenio consiste en establecer las bases de colaboración
para el desarrollo de la 7.ª y 8.ª Ediciones del Programa ViaGalicia, una iniciativa de
aceleración de proyectos innovadores que cuenta con el éxito del desarrollo precedente
de seis ediciones.
III. Que el dicho Programa se estructura en las fases de Convocatoria, Startup Day,
Academia, Demo Day, Aceleradora e Investors Day.
Asimismo el convenio prevé un régimen de ejecución, aportaciones y pagos que
responden al desarrollo de las citadas fases, y que debido al retraso por parte de las
administraciones en la tramitación del convenio y la planificación definitiva del
lanzamiento de la convocatoria, se hace necesaria la modificación de las cláusulas
correspondientes a la distribución de anualidades para adecuarlas a los nuevos plazos
de ejecución de las acciones previstas en el mismo, con la finalidad de ejecutar
adecuadamente la totalidad del proyecto, garantizando además la eficiencia en la
asignación de los recursos. Dicha modificación no afecta al contenido ni desarrollo de las
acciones previstas en el convenio.
Por otra parte, una vez conocida la ejecución de gasto correspondiente a las
anualidades 2022 y 2023, la propuesta de distribución de anualidades contempla la
modificación a la baja del presupuesto operativo para la ejecución total del
programa.
En su cláusula vigésima segunda, el convenio prevé la posibilidad de modificación de
su contenido a propuesta de su Comisión de Seguimiento, requiriendo acuerdo unánime
de los firmantes y formalización en la correspondiente adenda.
IV. Que en reunión de la Comisión de Seguimiento del Convenio de ViaGalicia
celebrada el 13 de septiembre de 2023, y analizado lo anteriormente expuesto, y con el
fin de velar por una correcta ejecución de las actividades previstas en el convenio, todas
las partes manifiestan su conformidad en la modificación de las anualidades del
presupuesto operativo del programa y del régimen de pagos de Gain.

cve: BOE-A-2023-26422
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Núm. 309