II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26397)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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de Gobierno de la Universitat de València de fecha 27 de mayo de 2003 y posteriores
modificaciones; el Reglamento de administración electrónica de la Universitat de
València, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 23
de junio de 2020, que establece la obligatoriedad de relacionarse a través de medios
electrónicos con la Universidad, de las personas que reúnan la condición de interesadas
en procedimientos que puedan dar lugar en su incorporación como miembros de la
comunidad universitaria; el Reglamento para la realización de reuniones y la adopción de
acuerdos a distancia por parte de órganos colegiados de la Universidad, aprobado por el
Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 18 de febrero de 2019; así
como por las bases de la presente convocatoria. En lo no previsto en las disposiciones
anteriores se aplicará lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado»
de 2 de octubre), en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre) y en la Legislación General de
Funcionarios Civiles del Estado.
Segunda.

Requisitos de las personas candidatas.

Para ser admitido/a a cada proceso selectivo se han de reunir los siguientes
requisitos, que deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
Requisitos generales.

a) Poseer la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o
de aquellos estados a los que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores. También podrán participar el/la cónyuge, descendientes y descendientes
del/de la cónyuge, de los españoles y españolas y de los nacionales de otros estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados o separadas de
derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este
último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros
estados cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España. Igualmente podrán participar los aspirantes de
nacionalidad extranjera no comunitaria cuando en el estado de su nacionalidad se
reconozca a los españoles y españolas aptitud legal para ocupar en la docencia
universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes
universitarios españoles.
b) No haber alcanzado la edad de jubilación forzosa establecida por la legislación
vigente en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
c) Poseer el título de doctor o doctora.
d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
empleos o cargos públicos o para el acceso al cuerpo o escala funcionarial. Las
personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente
no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente, ni haber sido sometidas a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a
profesor o profesora de universidad.
f) Haber abonado los derechos de examen establecidos en la presente convocatoria o
acreditar la exención del pago o bonificación.

cve: BOE-A-2023-26397
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