III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2023-26317)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el ejercicio presupuestario 2023, en el marco del componente 21 "Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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Núm. 308

Martes 26 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 171738

En el apartado 8, Plazos de ejecución, se sustituye el primer, segundo y tercer
párrafos por los siguientes:
El plazo de ejecución del Programa de impulso de escolarización en el primer
ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública,
prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, correspondiente al presupuesto
del año 2021 será desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025.
El plazo de ejecución del Programa de impulso de escolarización en el primer
ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública,
prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, correspondiente al presupuesto
del año 2022 será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del
año 2025.
El plazo de ejecución del Programa de impulso de escolarización en el primer
ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública,
prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, correspondiente al presupuesto
del año 2023 será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del
año 2025.
En el apartado 9, Actuaciones del programa, los párrafos 4, 5 y 6 se sustituyen por lo
siguiente:
La financiación correspondiente a los años 2021, 2022 y 2023 podrá
destinarse, hasta la finalización del plazo de ejecución del programa, a todas las
medidas incluidas en él: reforma/rehabilitación y equipamiento para nuevas
unidades, y, de forma extraordinaria, a gastos de funcionamiento de hasta 40.000
de las nuevas plazas creadas. La financiación de los gastos de funcionamiento
está supeditada a la consecución del indicador de nuevas plazas creadas, al
menos 60.000.
En el apartado 14, Justificación y verificación, el párrafo cuarto se sustituye por el
siguiente:

cve: BOE-A-2023-26317
Verificable en https://www.boe.es

Esta justificación deberá ser presentada, antes del 31 de marzo de 2026 para
los fondos transferidos en el año 2021, 2022 y 2023. No obstante lo anterior, toda
la documentación justificativa y el progreso de indicadores de los objetivos críticos
asignados deberá figurar en la plataforma común de fondos europeos (CoFFEE)
antes del 31 de enero de 2026.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X