II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26244)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Lunes 25 de diciembre de 2023

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de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
los siguientes documentos:
a) Certificación médica oficial de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de la Administración
del Estado, Institucional o Local ni de las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, en virtud de expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el
ejercicio de la función pública. Aquellos que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública mediante certificación expedida por las
autoridades competentes de su país de origen.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán
exentos de presentar los documentos reseñados, debiendo presentar, en caso de no ser
funcionarios de la Universidad de Málaga, certificación expedida por el Ministerio u
Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas
circunstancias consten en su Hoja de Servicios.
Los aspirantes que se encuentren prestando servicios en la Universidad de Málaga,
estarán exentos de justificar estos requisitos.
13.2. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado este trámite, por causa
imputable al candidato, éste decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza para la
que ha sido seleccionado.
13.3. La resolución de nombramiento o, en su caso, por la que se declara desierta
la plaza será enviada, en el plazo máximo de veinte días hábiles desde que finalice el de
presentación de la documentación referida en el punto 13.1, al BOE y al BOJA con el fin
de que se proceda a su publicación. Las resoluciones serán igualmente comunicadas al
Consejo de Universidades.
13.4. En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de
la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato
propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición
de funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y
deberes que le son propios.
Acceso y custodia de documentación

14.1. El Servicio de Personal Docente e Investigador y las Comisiones de Selección
serán los responsables de la custodia de la documentación referida al concurso de
acceso en los distintos momentos del procedimiento de selección en que sean
competentes.
14.2. Una vez finalizado el concurso, las Secretarías de los Departamentos a los
que estén adscritas las plazas serán las responsables de la custodia de la
documentación entregada por los aspirantes en el acto de presentación, que podrá ser
devuelta transcurrido el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la
publicación en el BOE de la resolución de nombramiento que puso fin al proceso
selectivo. Si las plazas hubieran sido objeto de recurso, el Servicio de Personal Docente
e Investigador requerirá la documentación a la Secretaría del Departamento, en cuyo
caso no podrá ser retirada por el aspirante hasta que adquiera firmeza la resolución
impugnada.
15.

Régimen de recursos

15.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos pongan fin a la vía
administrativa, podrán ser recurridos potestativamente en reposición, en el plazo de un
mes, ante el Rector o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses. No se podrá interponer recurso

cve: BOE-A-2023-26244
Verificable en https://www.boe.es

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