II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26243)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 171393

telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago
telemático vaya indicando.
Las personas que presenten la solicitud de participación y paguen la tasa a través de
los medios telemáticos previstos en la convocatoria, se les aplicará una bonificación del
diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa, conforme al artículo 368 de
la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.
b) Pago presencial en entidad bancaria (41,79 euros por cada plaza a la que se
concurse): pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una
carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las
entidades colaboradoras que en la misma se indican.
Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato
PDF el justificante de pago antes de finalizar la solicitud.
En ningún caso la realización del pago presencial en entidad bancaria supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión.
En aplicación de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y
Administrativas de Castilla-La Mancha, las personas que presenten la solicitud de
participación en este proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría
general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía
correspondiente.
c) Estarán exentos del pago de esta tasa:
– Los aspirantes que figuran como demandante de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria,
siempre que en el plazo de que se trate no hubiera rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiese negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales. La certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en la oficina de servicio público de empleo correspondiente.
– Las personas solicitantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa o que pertenezcan a
familias numerosas de categoría especial.La exención debe quedar acreditada
adjuntando escaneado en la solicitud el documento correspondiente.
4.6 La solicitud deberá venir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente
documentación escaneada:
a) Instancia-currículo, según modelo adjunto (Anexo II) disponible en la aplicación
de convocatorias indicada anteriormente.
b) N.I.F o N.I.E en vigor o documento equivalente para los ciudadanos de otra
nacionalidad.
c) Título de Doctor. En el caso de aspirantes con titulaciones de doctor/a obtenidas
en el extranjero, la equivalencia se acreditará mediante el correspondiente certificado,
conforme establece el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, que regula las
condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de
convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros.
d) Justificante acreditativo del pago de los derechos de formación de expediente.
La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante para la/s plaza/s de la
que se trate, no siendo un requisito subsanable.
Procederá la devolución del importe de la/s tasa/s satisfecha/s cuando el sujeto
pasivo resulte excluido de su participación en las pruebas selectivas, siempre que
formule la reclamación correspondiente en el plazo de un mes a partir de la publicación
de la relación definitiva de personas excluidas.

cve: BOE-A-2023-26243
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Núm. 307