II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26242)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307
Lunes 25 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 171381
La Comisión tendrá en cuenta que a la primera prueba deberá asignársele un valor
igual o superior que a la segunda, pudiendo llegar hasta el doble del valor de ésta.
8.7 Las actuaciones de la Comisión deberán realizarse en el Centro al que
corresponda la plaza convocada, si bien, previa solicitud motivada y por escrito del
Presidente/a, el Rector/a podrá autorizar a que se celebren en sede distinta.
Propuesta de provisión y Nombramiento
9.1 Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector/a,
motivadamente, y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos/as, por
orden de preferencia, para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta
el número de plazas convocadas a concurso. El proceso podrá concluir también con la
propuesta de la Comisión de no proveer la plaza convocada, quedando desierta. La
propuesta se hará pública por la Comisión en el lugar de celebración de las pruebas, y
en la Web de la UCLM en la aplicación de convocatorias https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=3_11.
En los casos en que se haya tramitado electrónicamente todo el expediente del
proceso selectivo se remitirá un correo electrónico a la Unidad de Recursos Humanos
para notificar la finalización del mismo y, con ello, proceder a la tramitación de la
propuesta de provisión.
Excepcionalmente, en los casos en los que no haya sido posible la firma electrónica
de la documentación generada por la Comisión, en los siete días hábiles siguientes al de
finalizar la actuación de la Comisión, el/la Secretario/a de la misma remitirá a la Unidad
de RR.HH. (Rectorado UCLM) toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión.
9.2 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán efectuados por el
Rector/a de la Universidad de Castilla-La Mancha, una vez que el concursante propuesto
haya acreditado cumplir los requisitos a que alude el apartado 11 de la presente
convocatoria, lo que deberá hacer en los veinte días siguientes al de concluir la
actuación de la Comisión.
En caso de que el concursante propuesto no presente oportunamente la
documentación requerida, el Rector/a de la Universidad de Castilla-La Mancha
procederá al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración
formulado.
9.3 Los nombramientos serán comunicados al Registro Central de Personal,
regulado en el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado, a efectos
de otorgamiento del número de registro personal y de su inscripción en los cuerpos
respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de
Castilla-La Mancha» y comunicados a la Secretaria General del Consejo de
Universidades.
9.4 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de
conocimiento.
9.5 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto/a deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la
condición de funcionario/a del cuerpo docente universitario de que se trate, con los
derechos y deberes que le son propios. En los supuestos de enfermedad, embarazo de
riesgo o permisos de nacimiento y de otro progenitor diferente, el plazo señalado para la
toma de posesión podrá ser ampliado hasta que cese la causa que motive la
imposibilidad del candidato/a para tomar posesión.
9.6 La plaza obtenida tras el concurso de acceso a que se refiere la presente
convocatoria deberá desempeñarse al menos durante dos años, antes de poder
participar en un nuevo concurso a efectos de obtener una plaza de igual categoría y de
la misma área de conocimiento en la misma o en otra Universidad.
cve: BOE-A-2023-26242
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 307
Lunes 25 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 171381
La Comisión tendrá en cuenta que a la primera prueba deberá asignársele un valor
igual o superior que a la segunda, pudiendo llegar hasta el doble del valor de ésta.
8.7 Las actuaciones de la Comisión deberán realizarse en el Centro al que
corresponda la plaza convocada, si bien, previa solicitud motivada y por escrito del
Presidente/a, el Rector/a podrá autorizar a que se celebren en sede distinta.
Propuesta de provisión y Nombramiento
9.1 Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector/a,
motivadamente, y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos/as, por
orden de preferencia, para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta
el número de plazas convocadas a concurso. El proceso podrá concluir también con la
propuesta de la Comisión de no proveer la plaza convocada, quedando desierta. La
propuesta se hará pública por la Comisión en el lugar de celebración de las pruebas, y
en la Web de la UCLM en la aplicación de convocatorias https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=3_11.
En los casos en que se haya tramitado electrónicamente todo el expediente del
proceso selectivo se remitirá un correo electrónico a la Unidad de Recursos Humanos
para notificar la finalización del mismo y, con ello, proceder a la tramitación de la
propuesta de provisión.
Excepcionalmente, en los casos en los que no haya sido posible la firma electrónica
de la documentación generada por la Comisión, en los siete días hábiles siguientes al de
finalizar la actuación de la Comisión, el/la Secretario/a de la misma remitirá a la Unidad
de RR.HH. (Rectorado UCLM) toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión.
9.2 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán efectuados por el
Rector/a de la Universidad de Castilla-La Mancha, una vez que el concursante propuesto
haya acreditado cumplir los requisitos a que alude el apartado 11 de la presente
convocatoria, lo que deberá hacer en los veinte días siguientes al de concluir la
actuación de la Comisión.
En caso de que el concursante propuesto no presente oportunamente la
documentación requerida, el Rector/a de la Universidad de Castilla-La Mancha
procederá al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración
formulado.
9.3 Los nombramientos serán comunicados al Registro Central de Personal,
regulado en el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado, a efectos
de otorgamiento del número de registro personal y de su inscripción en los cuerpos
respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de
Castilla-La Mancha» y comunicados a la Secretaria General del Consejo de
Universidades.
9.4 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de
conocimiento.
9.5 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto/a deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la
condición de funcionario/a del cuerpo docente universitario de que se trate, con los
derechos y deberes que le son propios. En los supuestos de enfermedad, embarazo de
riesgo o permisos de nacimiento y de otro progenitor diferente, el plazo señalado para la
toma de posesión podrá ser ampliado hasta que cese la causa que motive la
imposibilidad del candidato/a para tomar posesión.
9.6 La plaza obtenida tras el concurso de acceso a que se refiere la presente
convocatoria deberá desempeñarse al menos durante dos años, antes de poder
participar en un nuevo concurso a efectos de obtener una plaza de igual categoría y de
la misma área de conocimiento en la misma o en otra Universidad.
cve: BOE-A-2023-26242
Verificable en https://www.boe.es
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