II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-26248)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la categoría de Auxiliar de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 171448

d) Anexar documentos de exención o bonificación de tasas, en su caso, en la
solicitud de participación.
e) Registrar electrónicamente la solicitud.
No serán admitidas y, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas
que, habiendo abonado la tasa no hayan registrado la solicitud electrónicamente, sin
perjuicio de lo que se indica en el apartado siguiente.
Excepcionalidad técnica:
Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Universitat Politècnica de
València, no sea posible completar los pasos anteriores por medios electrónicos durante
un periodo prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán
presentar su solicitud por medios no electrónicos.
Para completar el proceso de solicitud en circunstancias de excepcionalidad técnica,
deberá realizar los siguientes pasos dentro del plazo estipulado:
a) Descargar e imprimir un modelo de solicitud en blanco accesible en la siguiente
dirección web (http://www.upv.es/entidades/SRH/pas//U0903712.doc).
b) Cumplimentar dicho modelo y firmarlo de forma manuscrita.
c) Pagar la tasa correspondiente mediante recibo bancario.
d) Anexar documentos de exención o bonificación de tasas, en su caso, a la
solicitud de participación.
e) Registrar presencialmente la solicitud, documentación de exención o bonificación
de tasas, en su caso, y el recibo bancario validado a través de certificación mecánica por
entidad bancaria, en cualquiera de las oficinas de registro que figuran en el anexo III.
No serán admitidas y, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas
que, no concurriendo circunstancias de excepcionalidad técnica demostrables, hayan
registrado presencialmente su solicitud mediante el proceso antes descrito.
4.3 Cada instancia tendrá asignado un número de referencia identificativo que será
diferente para cada una de ellas. Este número podrá ser utilizado para ofrecer servicios
adicionales de consulta de información personal en procesos posteriores derivados de la
presentación de su solicitud.
4.4 La tasa para la admisión a estas pruebas será de diez euros y diecinueve
céntimos.
El pago de esta tasa podrá realizarse mediante recibo bancario o con tarjeta de
crédito.
En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará mediante el recibo emitido por
la aplicación de instancias en la dirección de Internet citada en el punto 4.2.
El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar la
instancia a través de la aplicación mencionada.
4.5 La falta de abono de la tasa de admisión a estas pruebas selectivas
determinará la exclusión de la persona aspirante.
4.6 Serán causas de exención o bonificación de las tasas, las siguientes
circunstancias que se deben hacer constar en la solicitud de participación.
4.6.1 Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia
monoparental de categoría especial. Para ello señalarán con una equis (X) en el
apartado de Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud. Estas personas
deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación oficial en vigor que acredite
dicha condición.
4.6.2 Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta
condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa
autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Para ello señalará con una equis (X) en el apartado «otros» de la solicitud. Estas

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Núm. 307