V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-38716)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L. Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación Subestación Laja Blanca 30/220 KV y línea subterránea de alta tensión 220 KV, en el término municipal de Arico. Expediente ER190023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 62809
adversos significativos distintos a los que fueron evaluados en el proyecto inicial e
incluso en algunos casos, suponen una mejora ambiental respecto a la solución
evaluada inicialmente en el marco del expediente 2019/5979, por lo que no deben
someterse a evaluación de impacto ambiental de proyectos en ninguna de sus
modalidades."
2.9.- Con fecha 07/08/2023 la Dirección General de Transición Ecológica y
Lucha contra el Cambio Climático emite informe sobre el grado de cumplimiento
del condicionado ambiental vinculado con el PE Finca San Juan de 17,32 MW y
SET Laja Blanca, y concluye:
"1. Se da cumplimiento a los condicionantes nº1, nº6 y nº10, quedando
pendiente para este último condicionante, la remisión a esta unidad administrativa
de toda aquella documentación e informes que se emitan por parte del Consejo
Insular de Aguas de Tenerife.
2. Se da cumplimiento de manera parcial a los condicionantes nº3, nº7, nº8,
nº11 y nº12 por no ser de aplicación parte de lo recogido en el condicionante en el
momento temporal en el que se encuentra el proyecto.
3. No se ha dado cumplimiento a los condicionantes nº2, nº5, nº9 y nº13, bien
porque o no son de aplicación en el momento temporal en el que se encuentra el
proyecto o disponen todavía de plazo temporal para darle cumplimiento."
2.10.- Con fecha 02/11/2023 Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L. aporta
el documento denominado "Documento Refundido: Directrices Específicas para
Plan de Vigilancia Ambiental (incluyendo información de la DIA) Parque Eólico
Finca San Juan y Set Laja Blanca 30/220 kV", junto con otros anexos para dar
contestación al condicionante n.º 11 de la DIA.
2.11.- En fecha 16/11/2023 es recibido oficio de la Dirección General de
Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático en relación al
cumplimiento del condicionante n.º 11 de la Declaración de Impacto Ambiental de
los proyectos "Parque Eólico Finca San Juan de 17,32 MW" y "Subestación
Eléctrica 30/220 kV Laja Blanca" en el que se concluye: "… indicar que tras el
análisis de la documentación complementaria, se da cumplimiento al condicionante
nº 11 con respecto a los proyectos objeto del asunto, PE Finca San Juan de 17,32
MW y la SET Laja Blanca 30/220 KV."
TERCERO. De la información pública.
3.1.- El expediente ha sido remitido, de conformidad con el artículo 9 del
Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y
puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, el artículo 146 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como con el artículo 37 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a información pública,
con objeto de que en el plazo máximo de treinta días, informaran con las
alegaciones y los condicionados técnicos que estimaran oportunos en el ámbito de
sus competencias, mostrando su conformidad u oposición a la autorización
solicitada, a los siguientes:
Dirección General de Ordenación del Territorio (01/08/2019 y 04/06/2020).
cve: BOE-B-2023-38716
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 306
Sábado 23 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 62809
adversos significativos distintos a los que fueron evaluados en el proyecto inicial e
incluso en algunos casos, suponen una mejora ambiental respecto a la solución
evaluada inicialmente en el marco del expediente 2019/5979, por lo que no deben
someterse a evaluación de impacto ambiental de proyectos en ninguna de sus
modalidades."
2.9.- Con fecha 07/08/2023 la Dirección General de Transición Ecológica y
Lucha contra el Cambio Climático emite informe sobre el grado de cumplimiento
del condicionado ambiental vinculado con el PE Finca San Juan de 17,32 MW y
SET Laja Blanca, y concluye:
"1. Se da cumplimiento a los condicionantes nº1, nº6 y nº10, quedando
pendiente para este último condicionante, la remisión a esta unidad administrativa
de toda aquella documentación e informes que se emitan por parte del Consejo
Insular de Aguas de Tenerife.
2. Se da cumplimiento de manera parcial a los condicionantes nº3, nº7, nº8,
nº11 y nº12 por no ser de aplicación parte de lo recogido en el condicionante en el
momento temporal en el que se encuentra el proyecto.
3. No se ha dado cumplimiento a los condicionantes nº2, nº5, nº9 y nº13, bien
porque o no son de aplicación en el momento temporal en el que se encuentra el
proyecto o disponen todavía de plazo temporal para darle cumplimiento."
2.10.- Con fecha 02/11/2023 Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L. aporta
el documento denominado "Documento Refundido: Directrices Específicas para
Plan de Vigilancia Ambiental (incluyendo información de la DIA) Parque Eólico
Finca San Juan y Set Laja Blanca 30/220 kV", junto con otros anexos para dar
contestación al condicionante n.º 11 de la DIA.
2.11.- En fecha 16/11/2023 es recibido oficio de la Dirección General de
Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático en relación al
cumplimiento del condicionante n.º 11 de la Declaración de Impacto Ambiental de
los proyectos "Parque Eólico Finca San Juan de 17,32 MW" y "Subestación
Eléctrica 30/220 kV Laja Blanca" en el que se concluye: "… indicar que tras el
análisis de la documentación complementaria, se da cumplimiento al condicionante
nº 11 con respecto a los proyectos objeto del asunto, PE Finca San Juan de 17,32
MW y la SET Laja Blanca 30/220 KV."
TERCERO. De la información pública.
3.1.- El expediente ha sido remitido, de conformidad con el artículo 9 del
Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y
puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, el artículo 146 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como con el artículo 37 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a información pública,
con objeto de que en el plazo máximo de treinta días, informaran con las
alegaciones y los condicionados técnicos que estimaran oportunos en el ámbito de
sus competencias, mostrando su conformidad u oposición a la autorización
solicitada, a los siguientes:
Dirección General de Ordenación del Territorio (01/08/2019 y 04/06/2020).
cve: BOE-B-2023-38716
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 306