III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-26156)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Pesca Sostenible, por la que se publica Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de León, sobre investigación de cetáceos para una pesca ambientalmente sostenible.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 171002

Todas las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto
EXPONEN
I. Con fecha 9 de mayo de 2022 se suscribió entre el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de León, un convenio
sobre investigación de cetáceos para una pesca ambientalmente sostenible.
II. El citado convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre las
Partes, para proceder a la realización de actividades de análisis, estudio y generación de
conocimiento en relación con las capturas accidentales de cetáceos con resultado de
muerte como consecuencia de la interacción con los artes de pesca, con el fin de dotar
de suficiente información la gestión sostenible de los recursos pesqueros. Igualmente es
objeto de este convenio facilitar el intercambio de información y la realización de
actividades de comunicación y formación conjuntas
III. En la cláusula séptima se indica que su vigencia se extiende hasta el 15 de
diciembre de 2023, y podrá ser prorrogado por acuerdo unánime de las partes, por un periodo
de hasta tres años más. Su modificación requerirá acuerdo unánime de todas las Partes.
IV. La necesidad de esta adenda se justifica, por un lado, para recoger las
indicaciones recogidas en el informe definitivo de auditoría de inversiones del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre el Hito 56 del MRR y ampliación de
actuaciones elaborado por la División de Control de Fondos Europeos II de la Oficina
Nacional de Auditoria del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En el cual se indica que detectada la existencia de un protocolo, en español, de
necropsia de cetáceos (odontocetos) y con las especificidades para el estudio,
diagnóstico y evaluación sanitaria individual de delfines muertos debido a la captura
accidental (by-catch) por parte de barcos pesqueros, elaborado por parte de la ULPGC
fruto de un convenio previo con el MAPA, se hace necesario eliminar el eje 1 del
presente convenio «Generación de un protocolo, en español, de necropsia de cetáceos
(odontocetos) y con las especificidades para el estudio, diagnóstico y evaluación
sanitaria individual de delfines muertos debido a la captura accidental (by-catch) por
parte de barcos pesqueros». Por tanto, el convenio se modifica para disminuir el importe
monetario que correspondería a dicho protocolo.
Por otro lado, en la prioridad de las acciones para incrementar el conocimiento y
obtener información sobre by-catch de cetáceos, así como los resultados de los trabajos
realizados hasta el momento para dar respuesta a los compromisos internacionales
asumidos por España. Dichos compromisos justifican la prórroga de este convenio un
año más, permitiendo así recabar los datos científicos necesarios que permitan sustentar
decisiones sostenibles en el ámbito de la gestión pesquera.
En consecuencia, ambas partes estiman conveniente suscribir la presente adenda
del convenio, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Modificación de las cláusulas del convenio.

Cláusula Primera «Objeto del Convenio»: la cláusula 1 «objeto del convenio»» se
modifica incorporando el siguiente párrafo: «Este convenio se ejecutará a través de la
realización de necropsias por veterinarios/as especialistas en patología y anatomía
patológica de cetáceos; y, la realización de análisis y estudios en laboratorio que
permitan establecer el diagnóstico y la evaluación sanitaria de los delfines muertos por
captura accidental (by-catch) o por otras causas».
Eliminación de La Cláusula Tercera «Ejes Principales de Actuación del Convenio»: se
elimina la cláusula tercera «Ejes principales de actuación del convenio».

cve: BOE-A-2023-26156
Verificable en https://www.boe.es

Primera.