I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

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Parlamento de la República de Moldavia ha aprobado la prórroga del estado de
emergencia, del 5 de abril de 2023 al 3 de junio de 2023, en todo el territorio de la
República de Moldavia, por la situación relativa a la seguridad regional y la amenaza que
ello supone para la seguridad nacional(2). Se adjunta a la presente nota la decisión del
Parlamento.
(2)
Decisión del Parlamento de la República de Moldavia n.º 67 de 30/03/2023 sobre la ampliación del
estado de emergencia.

La Decisión del Parlamento de 30 de marzo contiene las mismas disposiciones que
la Decisión anterior sobre la prórroga del estado de emergencia n.º 12 de 2 de febrero
de 2023 notificada mediante la Nota verbal n.º FRA-CoE/352.2/45, a excepción del
artículo 6, siempre y cuando el actual estado de emergencia no afecte a la organización
y desarrollo de elecciones en el territorio de la República de Moldavia.
Las medidas existentes, ya en vigor o que se contempla aplicar durante el periodo
del estado de emergencia mencionado, implican o pueden implicar restricciones como:
ordenar, si fuera necesario, que se establezca un régimen especial de entrada y salida
del país; establecer un régimen especial para el uso del espacio aéreo; establecer un
régimen especial de circulación en el territorio, incluida la circulación y el control de
mercancías; expulsar del territorio nacional a personas cuya presencia pudiera alterar el
orden público y la seguridad del país; evacuar temporalmente a la población de las
zonas en las que exista un riesgo para la vida y proporcionarles obligatoriamente
alojamiento provisional o permanente; destinar medios económicos a la aplicación de las
directrices de la Comisión para las situaciones excepcionales de la República de
Moldavia, si fuera necesario; establecer un régimen de trabajo especial para los actores
económicos y las instituciones públicas, resolver otras cuestiones relacionadas con sus
actividades, necesarias para llevar a cabo las operaciones de salvamento y rescate y
otras operaciones urgentes; prohibir las concentraciones, manifestaciones públicas y
otras acciones multitudinarias; prohibir la creación y la actividad de grupos paramilitares
de personas en el territorio del Estado; ordenar, en caso necesario, la interrupción
temporal del suministro de gas, energía y agua potable; adoptar las decisiones
necesarias para emprender acciones rápidas de suministro de gas natural, electricidad y
otras fuentes de energía, incluso mediante la suspensión de disposiciones legales;
coordinar la actividad de los medios de comunicación en relación con la introducción de
reglas especiales de uso de las telecomunicaciones, la lucha contra la desinformación,
las noticias falsas y los discursos de odio; prohibir el despido de empleados, salvo en los
casos previstos por la normativa vigente, durante este periodo; modificar el
procedimiento para el nombramiento y cese de los responsables de los actores
económicos y de las instituciones públicas; la participación de los ciudadanos en la
prestación de servicios de interés público con arreglo a la Ley; ejecutar las acciones
necesarias para prevenir y eliminar las consecuencias de las situaciones que han
provocado la declaración del estado de emergencia; adoptar las medidas necesarias
para la gestión de los flujos migratorios; acceder a la asistencia internacional mientras
dure el estado de emergencia y gestionarla.
La aplicación de estas medidas ha obligado a la República de Moldavia a suspender,
en virtud del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de
las libertades fundamentales, la aplicación de ciertas disposiciones del Convenio y de
sus Protocolos.
En un contexto de graves amenazas para la seguridad nacional en las proximidades
de la frontera terrestre entre la República de Moldavia y Ucrania, incluidas las de
naturaleza humanitaria, económica, energética y militar, que se derivan de la guerra que
continúa en el territorio de Ucrania, las anteriores medidas resultan esenciales y
cruciales para la protección de la seguridad nacional del país.
En virtud del párrafo 3 del artículo 15 del Convenio para la protección de los
derechos humanos y de las libertades fundamentales, la Representación Permanente de
la República de Moldavia ante el Consejo de Europa informará a su Secretario General

cve: BOE-A-2023-26102
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Núm. 306