I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Número del
convenio en el
listado

Otra jurisdicción contratante

Sec. I. Pág. 170521

Disposición

40

Argelia.

Artículo 23.1.

41

Armenia.

Artículo 23.2.

42

Azerbaiyán.

Artículo 23.1.

44

Bielorrusia.

Artículo 23.1.

48

Dinamarca.

Artículo 24.2.

49

Egipto.

Artículo XXI.1.

50

Georgia.

Artículo 23.1.

53

Kazajistán.

Artículo 23.2.

54

Kirguistán.

Artículo 23.1.

55

Libia.

Artículo 23.1.

57

Malasia.

Artículo 22.2.

59

Mongolia.

Artículo 24.1.

60

Montenegro.

Artículo 22.1.

61

Marruecos.

Artículo 23.1.

62

Nepal.

Artículo 22.1.

63

Noruega.

Artículo 24.1.

64

Filipinas.

Artículo 23.1.

65

San Marino.

Artículo 23.1.

66

Arabia Saudí.

Artículo 24.1.

68

Tailandia.

Artículo 24.3.

69

Túnez.

Artículo 23.2.

70

Turkmenistán.

Artículo 22.1.

71

Venezuela.

Artículo 24.2.

72

Vietnam.

Artículo 23.1.

Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.
Notificación del texto del preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado:

Número del
convenio en
el listado

Otra jurisdicción
contratante

Texto del preámbulo

1

Bélgica

«Deseando evitar la doble imposición y regular otras cuestiones en materia de impuestos sobre la renta y el
patrimonio, incluidos el impuesto sobre las explotaciones y los impuestos sobre bienes inmuebles,»

2

Bulgaria

«Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el
patrimonio,»

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Convenio, Austria considera que los
siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada
al amparo del artículo 6.4 y contienen en el preámbulo la redacción mencionada en el
artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente.