I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
237 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Sábado 23 de diciembre de 2023
Número del convenio en el listado
Sec. I. Pág. 170498
Otra jurisdicción contratante
44
Mauricio.
45
Mauritania.
46
Noruega.
47
Omán.
48
Qatar.
49
Eslovaquia.
50
Sudán.
51
Suiza.
52
Siria.
53
Vietnam.
54
Yemen.
56
Singapur.
Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el
listado:
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del Convenio, la República de Túnez
considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el
artículo 7.2 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al
amparo del artículo 7.15.b). A continuación, se señala el número del artículo y del
apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del
convenio en el
listado
Otra jurisdicción contratante
Disposición
2
Bélgica.
Protocolo [ad artículo 23.2.a) y
23.2.b)].
12
Grecia.
Artículo 12.7.
19
Países Bajos.
Artículo 10.3.
Artículo 8. Operaciones con dividendos.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del Convenio, la República de Túnez
considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el
artículo 8.1 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al
amparo del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del
apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del
convenio en el
listado
2
Otra jurisdicción contratante
Bélgica.
Disposición
Artículo 10.2.a).
cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el
listado:
Núm. 306
Sábado 23 de diciembre de 2023
Número del convenio en el listado
Sec. I. Pág. 170498
Otra jurisdicción contratante
44
Mauricio.
45
Mauritania.
46
Noruega.
47
Omán.
48
Qatar.
49
Eslovaquia.
50
Sudán.
51
Suiza.
52
Siria.
53
Vietnam.
54
Yemen.
56
Singapur.
Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el
listado:
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del Convenio, la República de Túnez
considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el
artículo 7.2 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al
amparo del artículo 7.15.b). A continuación, se señala el número del artículo y del
apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del
convenio en el
listado
Otra jurisdicción contratante
Disposición
2
Bélgica.
Protocolo [ad artículo 23.2.a) y
23.2.b)].
12
Grecia.
Artículo 12.7.
19
Países Bajos.
Artículo 10.3.
Artículo 8. Operaciones con dividendos.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del Convenio, la República de Túnez
considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el
artículo 8.1 y no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al
amparo del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del
apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del
convenio en el
listado
2
Otra jurisdicción contratante
Bélgica.
Disposición
Artículo 10.2.a).
cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios fiscales incluidos en el
listado: