II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26148)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, conjunta de la Universidad Rey Juan Carlos y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

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Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre
que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de
dicha edad dependientes.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo
de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de
Administraciones Públicas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los
participantes. A tal fin se celebrará una prueba de conocimiento de la que estarán
exentos los candidatos de nacionalidad española y los que acrediten estar en posesión
del Diploma de Español como Lengua Extranjera.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber superado los setenta años.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de
las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo
o Escala de Funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Requisitos específicos:

a) Hallarse acreditado para el cuerpo docente universitario de que se trate,
conforme a los supuestos previstos en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007 por el que se establece
la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Asimismo, podrán concursar quienes estén habilitados conforme a lo establecido en
el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación
nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
b) No podrán formar parte del presente concurso de acceso quienes se hallen
incursos en la prohibición contenida en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007.
c) En el supuesto de que alguno de los aspirantes seleccionados se encontrase
ejerciendo como Jefe de Servicio o de Sección en el mismo centro y especialidad al que
pertenezca la vacante, se mantendrá en el puesto asistencial que viene desempeñando,
sin perjuicio que, dado el carácter temporal de dichos puestos, los seleccionados deban
someterse a la normativa que regule dichos puestos y, en su caso, a los sistemas de
evaluación previstos para los mismos.
d) Los requisitos establecidos en la presente base deberán poseerse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

cve: BOE-A-2023-26148
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