II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2023-26042)
Resolución 400/38505/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Viernes 22 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 169808

No obstante, el desarrollo del proceso selectivo exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos
de la presente Convocatoria.
3.3 La fecha de celebración de alguno de los ejercicios de la fase de oposición
podrá coincidir con las fechas de celebración de los ejercicios de otros procesos
selectivos.
4.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
5.

Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, mencionada anteriormente, las personas aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
5.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o
Técnico, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes. Asimismo se estará a lo dispuesto en la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 17 de junio), modificada
mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias
con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller,
regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con las
modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito
no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional
novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la
titulación, una antigüedad de diez años en cuerpos o escalas del subgrupo C2, o de
cinco años y haber superado el curso específico de formación.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en
cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado, serán
computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado.
5.2 Nacionalidad: sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad
española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Las personas aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:
6.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a
alguno de los siguientes colectivos:
6.1.1

Personal funcionario:

a) Funcionarios/funcionarias de carrera de los cuerpos o escalas del subgrupo C2
de la Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2023-26042
Verificable en https://www.boe.es

6.