II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2023-26039)
Resolución 400/38489/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 169693

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente manera:
Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 35 puntos, y será necesario obtener un mínimo
de 17,5 puntos para superarlo. En cada programa convocado todas las preguntas
tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por
ciento del valor de una contestación. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 45 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 22,50 puntos para superarlo. Cada supuesto práctico
tendrá una calificación máxima de 9 puntos.
Tercer ejercicio: En el examen presencial se otorgará una calificación de 0 a 5
puntos. No tendrá carácter eliminatorio. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las
contestaciones erróneas se penalizarán con un 25 por ciento del valor de una
contestación. Las respuestas en blanco no penalizarán.
En la modalidad de acreditación de conocimientos se valorará de 0 a 5 asignando la
puntuación a los distintos niveles de títulos de acreditación de dichas competencias: al
B2 2,5 puntos; al C1 3,75 puntos; al C2, 5 puntos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquellas, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
Las personas aspirantes que superen el 60 por ciento de la puntuación máxima del
primer ejercicio obligatorio de la presente convocatoria y no superaran el proceso
selectivo, conservarán dicha puntuación y estarán exentos de realizar tal ejercicio
durante la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y
la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean
análogos, salvo actualización normativa.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. En la fase de concurso, que sólo se aplicará a las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 15 puntos, los
siguientes méritos:
2.1 Méritos profesionales. Se otorgará una puntuación máxima de 2 puntos en este
apartado, que se valorará:
A. Por servicios efectivos prestados en las Fuerzas Armadas como militar de
complemento, militar profesional de tropa y marinería o reservista voluntario, siempre
que los servicios prestados, aptitudes o titulaciones adquiridas como militar durante los
años de servicios, guarden relación con las funciones de la plaza a la que se aspira, se
valorarán hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, a razón de 0,22 puntos por
cada año completo de servicios, hasta un máximo de 2 puntos.
B. Por haber desarrollado o estar desarrollando tareas o actividades directamente
relacionadas con el contenido del programa por el que se presenta, en cualquier otro
ámbito, se valorará, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, hasta un máximo
de 2 puntos, a razón de 0,22 puntos por año completo.
C. Por haber desempeñado funciones idénticas o análogas, con experiencia
acreditada de carácter interino o temporal, a las de la convocatoria. Se valorará, hasta la
fecha de publicación de esta convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos, a razón
de 0,22 puntos por año completo.
2.2 Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán los cursos de formación
acreditados, recibidos o impartidos, siempre y cuando se hayan obtenido en los diez
años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, cuyo contenido ha
de estar relacionado con las funciones propias del Cuerpo objeto de la presente

cve: BOE-A-2023-26039
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Núm. 305