III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-26090)
Resolución de 16 de diciembre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Asociación Cultural Coordinadora de Salas Alternativas, para la organización del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Viernes 22 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 170194

las reuniones de certificación de las actividades realizadas que mantenga la
Comisión de Seguimiento, en las cuales se justificarán los gastos efectivamente
realizados mediante la presentación de los certificados de actividad y las
correspondientes facturas o documentos acreditativos de análoga naturaleza,
dentro del plazo que marca la fecha de finalización del convenio, el 31 de
diciembre de 2025.
Por su parte, la Coordinadora de Salas Alternativas asume los siguientes
compromisos económicos:
– Sufragar los costes de cesión de espacios, con sus dotaciones y personal,
para la realización de las funciones que conforman el circuito, en una cuantía que
se estima en seiscientos setenta y ocho mil euros (678.000 €), IVA incluido
aproximadamente.
– Hacerse cargo de los costes de cesión de espacios, con sus dotaciones y
personal, para las actividades expandidas. Este concepto se cuantifica en un
máximo de cuarenta y cinco mil euros (45.000 €), IVA incluido.
La estimación económica de la participación de la Coordinadora se cuantifica
en la cuantía máxima de setecientos veintitrés mil euros (723.000,00 €)
aproximadamente, IVA incluido, distribuida de la forma que sigue:

Concepto

Costes de cesión de espacios
programaciones.
Costes de cesión de espacios de las
actividades expandidas.
Total.

2023
2022-enero 2023
(excluido enero)


Euros
Euros

2024

Euros

240.000

240.000

198.000

15.000

15.000

15.000

255.000

255.000

213.000

En este sentido las actuaciones previstas en el presente convenio no darán
lugar a contraprestación financiera entre las Partes.
Los ingresos de la aportación de posibles patrocinadores, se ingresarán en la
cuenta general de ingresos del INAEM y redundará en el presupuesto que aporta
este organismo al presente proyecto.»
Cuarta.

Incorporación de una nueva cláusula.

Las partes acuerdan incorporar la siguiente cláusula al convenio:
Otras obligaciones relativas al PRTR.

1. Respecto de las concretas medidas sobre aportación de información, las
partes cumplirán las obligaciones de información previstas en el artículo 8.2. de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, sobre la propia entidad y sobre las
personas y empresas que realicen prestaciones parciales de ejecución del
presente convenio, recabando de éstas los compromisos de cumplimiento de las
obligaciones requeridas a la fecha actual por el sistema de gestión del PRTR
regulado en la Orden citada.
Las partes aportarán las suyas y recabarán de las personas y empresas que
realicen prestaciones de ejecución del presente convenio, las siguientes
obligaciones de información y declaraciones:
– Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas
implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de
aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de

cve: BOE-A-2023-26090
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