II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26069)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Viernes 22 de diciembre de 2023

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siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a
familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo
reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen y traducidos al castellano, que será la lengua oficial en
la que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
2.1.2 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
2.1.3 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5 Estar en posesión del título de Doctor.
Requisitos específicos:

2.2.1 Hallarse acreditado para el cuerpo docente universitario de que se trate
conforme a los supuestos previstos en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
Estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de
julio. Se entenderá que los habilitados para Catedrático de Escuela Universitaria lo están
para Profesor Titular de Universidad.
Tener la condición de funcionario de carrera del cuerpo de Catedráticos de
Universidad o de Profesor Titular de Universidad.
2.2.2 No podrán participar en los respectivos concursos de acceso quienes
ostenten la condición de profesor de una plaza de igual cuerpo y de la misma área de
conocimiento en la misma o en otra universidad, salvo que se haya producido el
desempeño efectivo de la misma durante al menos dos años.
2.2.3 No se admitirá la participación en el concurso de acceso si se prestan
servicios como funcionario de carrera en una plaza de igual categoría, de la misma área
de conocimiento, departamento y centro de la Universidad de Burgos.
2.2.4 En el caso de los nacionales de otros Estados, para todas las plazas, será
requisito tener un conocimiento suficiente, oral y escrito, del idioma castellano. Si en el
proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, las comisiones
de selección podrán establecer pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
2.3 Los requisitos señalados en la base segunda deberán haberse adquirido a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.

cve: BOE-A-2023-26069
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