V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. (BOE-B-2023-38433)
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 mediante tramitación anticipada de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2021-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Viernes 22 de diciembre de 2023

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

38433

Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección
del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se aprueba la
convocatoria corre spondie nte al año 2024 me diante tramitación
anticipada de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en
Salud 2021-2023.

BDNS(Identif.):734336
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
734336)
Primero. Beneficiarios:
a) Las entidades que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente
constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España
y que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías
de la Salud, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:
1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico
asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales
distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la
autoridad competente.
3.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad
sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de
Salud Pública.

5.º Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se
reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la
Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21
de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020,
de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Ciencia e Innovación.
6.º Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y
actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
7.º Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación
tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado

cve: BOE-B-2023-38433
Verificable en https://www.boe.es

4.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad
sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones
recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo
67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.