II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2023-26035)
Acuerdo de 13 de diciembre de 2023, del Tribunal calificador del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 8 de febrero de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, para la provisión de plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a en materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, por el que se aprueba la relación de aspirantes convocados a la realización del dictamen.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Viernes 22 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
26035

Acuerdo de 13 de diciembre de 2023, del Tribunal calificador del proceso
selectivo convocado por Acuerdo de 8 de febrero de 2023, de la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial, para la provisión de
plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de
ejercicio profesional para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de
Magistrado/a en materias propias de los órganos del orden civil, del orden
penal o de los órganos con jurisdicción compartida, por el que se aprueba la
relación de aspirantes convocados a la realización del dictamen.

De conformidad con el apartado A.5 de la base séptima, punto 2 del Acuerdo de 8 de
febrero de 2023, por el que se aprobaron las normas que rigen el proceso selectivo, el
Tribunal en su sesión de 12 de julio de 2023, ha acordado:
Primero.

a) A los aspirantes del turno libre para el orden jurisdiccional civil que hayan
obtenido una valoración provisional de al menos 19,25 puntos, al encontrarse entre los
cuarenta y cinco candidatos con mejor nota de corte en la fase de baremación de méritos
a que se refiere el apartado A de la base séptima punto 2 del Acuerdo de la
convocatoria, tal como determinó el Tribunal calificador en su sesión del día 12 de julio
de 2023.
b) A los aspirantes del turno de personas con discapacidad para el orden
jurisdiccional civil que hayan obtenido una valoración provisional de al menos 20,93
puntos, al encontrarse entre los dos candidatos con mejor nota de corte en la fase de
baremación de méritos a que se refiere el apartado A de la base séptima punto 2 del
Acuerdo de la convocatoria, tal como determinó el Tribunal calificador en su sesión del
día 12 de julio de 2023.
c) A los aspirantes para el orden jurisdiccional penal que hayan obtenido una
valoración provisional de al menos 22,10 puntos, al encontrarse entre los cuarenta y
cinco candidatos con mejor nota de corte en la fase de baremación de méritos a que se
refiere el apartado A de la base séptima punto 2 del Acuerdo de la convocatoria, tal
como determinó el Tribunal calificador en su sesión del día 12 de julio de 2023.
d) A los aspirantes del turno de personas con discapacidad para el orden
jurisdiccional penal que hayan obtenido una valoración provisional de al menos 20,15
puntos, al encontrarse entre los dos candidatos con mejor nota de corte en la fase de
baremación de méritos a que se refiere el apartado A de la base séptima punto 2 del
Acuerdo de la convocatoria, tal como determinó el Tribunal calificador en su sesión del
día 12 de julio de 2023.
e) A los aspirantes para el orden jurisdiccional compartido que hayan obtenido una
valoración provisional de al menos 19,67 puntos, al encontrarse entre los noventa
candidatos con mejor nota de corte en la fase de baremación de méritos a que se refiere
el apartado A de la base séptima punto 2 del Acuerdo de la convocatoria, tal como
determinó el Tribunal calificador en su sesión del día 12 de julio de 2023.

cve: BOE-A-2023-26035
Verificable en https://www.boe.es

Convocar para llevar a cabo los dictámenes a los que se refiere el apartado B) de la
base séptima punto 2 de la convocatoria, a los aspirantes que se relacionan en el anexo,
que queda incorporado al acta, que hayan obtenido la siguiente valoración provisional: