II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-25913)
Resolución 400/38494/2023, de 15 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 168806

desarrollo, y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en las
disposiciones que le sean de aplicación.
Las plazas estarán dotadas con las retribuciones establecidas en la normativa que
sea de aplicación y en las cuantías fijadas para cada ejercicio presupuestario.
El régimen de prestación de servicios será el establecido en la normativa vigente.
1.

Descripción de las plazas

Distribución territorial plazas por Categorías/especialidades convocatoria OEP 2023

Categoría

Celador/a.

Cupo general
destino

Cupo general
destino

Reserva discapacidad
destino

Reserva discapacidad
destino

Plazas reserva
militar destino

Plazas reserva militar
destino

HCD Madrid

HGD Zaragoza

HCD Madrid

HGD Zaragoza

HCD Madrid

HGD Zaragoza

2

1

0

1

2

1

Total

7

cve: BOE-A-2023-25913
Verificable en https://www.boe.es

1.1 Se convocan siete plazas a cubrir de la categoría de Celador/a,
correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2023.
Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado
de discapacidad igual o superior al 33 %, se reservarán en este proceso de acceso
libre 1 plaza de la categoría de Celador/a.
En aplicación del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería,
según redacción dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, del total de plazas
convocadas, se reservarán tres plazas de la categoría de Celador/a, para los militares
profesionales de tropa y marinería que hayan cumplido, como mínimo, cinco años de
tiempo de servicios a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y
para las personas reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo,
hasta el momento de publicación de la convocatoria, la asignación por disponibilidad en
la cuantía y condiciones previstas en el artículo 19.1 de la citada ley, y reúnan los
requisitos establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la
Ley 39/2007, de la Carrera Militar, según redacción dada por la Disposición final
vigésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado
para 2018, esta reserva de plazas se extenderá a los militares de complemento con más
de cinco años de servicios en las Fuerzas Armadas a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y que reúnan los requisitos establecidos.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de
participación de la convocatoria.
Además, las personas aspirantes que participen por cualquiera de estos cupos
deberán mantener la condición exigida en los párrafos anteriores hasta la publicación de
la lista de personas aspirantes aprobadas o haber adquirido y mantener, en su caso, la
condición de reservista de especial disponibilidad en el período comprendido entre la
finalización del plazo de la presentación de solicitudes y la publicación de la lista de
personas aspirantes aprobadas.
Las plazas reservadas para estos colectivos que no se cubran se acumularán a las
de acceso general.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza
en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras aspirantes del
sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación en el sistema
de acceso general.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no
podrán acumularse a los turnos ordinarios de acceso.