II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-25911)
Resolución 400/38486/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168766
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos, se declara
inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos de este proceso selectivo.
El ejercicio de la fase de oposición de este proceso selectivo se realizará en la
provincia de Madrid.
La fecha de celebración del ejercicio de la fase de oposición podrá coincidir con las
fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta resolución.
4.
Requisitos de las personas candidatas
Las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo convocado deberán
poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos generales de
participación:
4.1
Nacionalidad.
4.1.1 Tener la nacionalidad española.
4.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de
condiciones que las personas de nacionalidad española a los empleos públicos:
a) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) La persona cónyuge de los españoles y nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén
separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar las
personas descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean
dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de personas trabajadoras.
4.2
Titulación.
4.3 Estar en servicio activo y con nombramiento como personal estatutario fijo
durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia de la Red Hospitalaria de la
Defensa, en consonancia con el artículo 34.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, antes de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
4.4 Capacidad. Poseer la capacidad funcional física y psicológica para el
desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento.
4.5 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.6 Habilitación. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
cve: BOE-A-2023-25911
Verificable en https://www.boe.es
4.2.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Técnico/a Superior
en la especialidad en la que se concurra o equivalente para esta categoría, expedido por
el órgano competente, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, al
terminar el plazo de presentación de solicitudes.
4.2.2 Las personas aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168766
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos, se declara
inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos de este proceso selectivo.
El ejercicio de la fase de oposición de este proceso selectivo se realizará en la
provincia de Madrid.
La fecha de celebración del ejercicio de la fase de oposición podrá coincidir con las
fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta resolución.
4.
Requisitos de las personas candidatas
Las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo convocado deberán
poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos generales de
participación:
4.1
Nacionalidad.
4.1.1 Tener la nacionalidad española.
4.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de
condiciones que las personas de nacionalidad española a los empleos públicos:
a) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) La persona cónyuge de los españoles y nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén
separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar las
personas descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean
dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de personas trabajadoras.
4.2
Titulación.
4.3 Estar en servicio activo y con nombramiento como personal estatutario fijo
durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia de la Red Hospitalaria de la
Defensa, en consonancia con el artículo 34.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, antes de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
4.4 Capacidad. Poseer la capacidad funcional física y psicológica para el
desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento.
4.5 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.6 Habilitación. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
cve: BOE-A-2023-25911
Verificable en https://www.boe.es
4.2.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Técnico/a Superior
en la especialidad en la que se concurra o equivalente para esta categoría, expedido por
el órgano competente, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, al
terminar el plazo de presentación de solicitudes.
4.2.2 Las personas aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.